Se denunció ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la violación a la suspensión que fuera concedida por los ministros Norma Piña Hernández, presidenta de la SCJN y Javier Laynez Potisek el 30 de diciembre de 2022, en contra del decreto aprobado por el Congreso del Estado para desaparecer al TEJAV y sustituirlo por un nuevo tribunal, denominado TRIJAEV.
En la suspensión concedida dentro de la Controversia Constitucional 266/2022, los ministros de la Suprema Corte ordenaron que los magistrados del TEJAV continuaran en funciones; que no se suspendieran los plazos procesales en los asuntos tramitados ante el TEJAV; y que en caso de que hubieran sido designados nuevos magistrados, estos no entraran en funciones ni ejercieran el cargo hasta en tanto no se resuelva en definitiva la controversia constitucional planteada.
Sin embargo, en el recurso interpuesto ante el máximo tribunal, se señala que, a pesar de la suspensión, los nuevos magistrados tomaron posesión de las instalaciones del TEJAV; se encuentran ejerciendo el cargo; y solicitaron el auxilio de la fuerza pública para impedir que los magistrados del TEJAV retornaran a sus labores. Es decir, se acusa que los nuevos magistrados se encuentran violando la suspensión concedida.
Debido a que, tres de los Magistrados del TEJAV presentaron sus renuncias, el Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa (TEJAV), Roberto Alejandro Pérez Gutiérrez, es el único que continúa con el proceso legal y a la espera de la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Al respecto, en la denuncia presentada se señala que: “los ciudadanos Leticia Aguilar Jiménez, Rosalba García Salazar, Diana Estela Aróstegui Carballo, Jaziel Cabrera Pacheco, Roberto Eduardo Sigala Aguilar, y Rubén Hernández Mendiola, se apersonaron en las instalaciones del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Veracruz; y ostentándose como magistrados del nuevo Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Veracruz solicitaron el auxilio de la fuerza pública para resguardar las instalaciones del Tribunal, con la finalidad de que los beneficiarios de la medida suspensional no pudieran ingresar a las instalaciones del Tribunal a desempeñar sus funciones, ejerciendo además diversas atribuciones en su carácter de magistrados”.
Cabe señalar que la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 constitucional señala que en los casos en que se vulnere la suspensión concedida dentro de una controversia constitucional, la Suprema Corte concederá un plazo de 15 días para que la autoridad que se encuentre violando la suspensión deje sin efectos el acto que motive el recurso.
Por su parte, el artículo 58 de esa misma Ley prevé que, en caso de no acatar la suspensión concedida, la Suprema Corte ordenará que la autoridad responsable de su violación sea consignada ante un Juez Federal por el delito de abuso de autoridad, contemplado por el artículo 215 del Código Penal Federal.
El delito federal de abuso de autoridad señala que cometerá ese delito el servidor público que para impedir el cumplimiento de una resolución judicial pida el auxilio de la fuerza pública o la emplee con ese objeto. Dicha conducta, en la que presuntamente estarían incurriendo los nuevos magistrados del TRIJAEV, podría acarrearles una pena de hasta 8 años de prisión.