A partir de mañana jueves el delito de feminicidio tendrá un tipo penal único, con las mismas agravantes y sanciones en todo el País, por lo que se eliminarán las disparidades entre estados.
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo promulgó la reforma al artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de feminicidio.
La modificación otorga facultad al Congreso de la Unión para expedir las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de feminicidio, secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, extorsión, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral.
El objetivo es fortalecer la investigación y sanción del feminicidio; fortalecer la coordinación entre instituciones y niveles de gobierno; mejorar las políticas públicas dirigidas a la prevención y sanción del feminicidio; y avanzar hacia una sociedad más igualitaria y libre de violencia para mujeres y niñas.
Además, desde mañana, el Congreso de la Unión deberá expedir la legislación en materia de feminicidio en un plazo no mayor de 180 días naturales.
Las disposiciones legales de la Federación y de las entidades federativas en materia del delito de feminicidio continuarán vigentes hasta la entrada en vigor de la ley general de la materia que emita el Congreso de la Unión.
En el régimen transitorio de dicha ley se establecerán los plazos y condiciones para realizar las adecuaciones normativas correspondientes.