Desde la perspectiva de académicos del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana (IIJ-UV) el excesivo y abrupto incremento al precio de los combustibles en México atenta contra los derechos humanos.
Por lo anterior, el catedrático Manlio Fabio Casarín León, analiza los elementos para promover un recurso de amparo sustentado en la citada hipótesis.
En entrevista, el investigador de la UV reiteró que uno de los principales argumentos en cada una de las demandas de amparo contra el
gasolinazo radica en la omisión de parte de la autoridad y en la trasgresión de principios y derechos humanos previstos en la Constitución.
Entre los principios constitucionales agredidos, Manlio Fabio Casarín resaltó el debido proceso; la equidad, la proporcionalidad y la seguridad jurídica.
Entre las omisiones de la autoridad, Casarín León observó la laguna en la Ley de Hidrocarburos de prevenir un procedimiento juridificado para determinar con efectividad el precio de los combustibles y además, excluye a la Secretaría de Economía de la competencia de determinar los precios de los productos en oferta y demanda.
Otra falla del
gasolinazo es el dividir el país en 90 regiones para determinar los precios de la gasolina; de este modo, en México existen regiones "caras y baratas" para la venta de combustible, lo cual, genera incertidumbre en los ciudadanos.
"Se agreden principios de igualdad, (...) existe un estado de inequidad entre las personas por las regiones en donde es más caro el combustible en unas, que en otras", justificó Casarín León.
Además, los amparos promovidos por los ciudadanos alegan una agresión al principio de proporcionalidad, a raíz de los incrementos excesivos a los precios fijados en enero y próximos a aumentar en febrero.
Sostuvo Casarín León que de admitirse los amparos y a su vez, un juez emita una sentencia, la primer medida dictada conduciría a la suspensión del hecho impugnado, esto es: el aumento a la gasolina.
Refirió que de resolverse dicha suspensión, el ciudadano compraría gasolina al precio de diciembre de 2016, siempre y cuando un juzgador puede comprobar que se agreden los derechos.
"Lo principal es determinar que en aras de proteger la Constitución, (...) la Suprema Corte pueda determinar que la política pública, que tradicionalmente se realizaba de manera vertical sin tomar el parecer de los ciudadanos, en este momento tenga un 'alto' y se crea un precedente judicial en el sentido de que esas decisiones están sujetas al escrutinio de los jueces", estableció.
"La disyuntiva de los tribunales con los amparos es que la política pública tenga que seguir siendo unilateral, vertical, o en lugar de ello, abrir al escrutinio público la toma de decisiones y tratar de entender que la elección del Estado en finanzas públicas se tiene que ver desde la perspectiva de los derechos humanos", alentó el académico.