Obligar, inducir, gestionar o beneficiarse de una unión equiparable al matrimonio con una persona menor de edad podría castigarse con penas de ocho a 15 años de prisión y multas de hasta 293 mil pesos en Veracruz, de aprobarse una iniciativa presentada por el diputado de MORENA, Luis Vicente Aguilar Castillo, para incorporar el delito de cohabitación forzada al Código Penal del Estado.
La propuesta plantea crear un tipo penal específico para sancionar a quienes obliguen, coaccionen o induzcan a niñas, niños, adolescentes o personas que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo a vivir en una unión informal o consuetudinaria similar al matrimonio, aun cuando exista una aparente aceptación de la víctima.
De acuerdo con el legislador, aunque el matrimonio infantil está prohibido en México, continúan registrándose prácticas mediante las cuales menores de edad son incorporados a relaciones de convivencia con personas adultas o con otros menores bajo esquemas que reproducen vínculos matrimoniales o de concubinato. “La cohabitación forzada no es tradición, no es cultura, no es un acuerdo familiar, es una forma de violencia que arrebata infancias, rompe sueños y condena a niñas, niños y adolescentes a vivir una vida que jamás eligieron”, expresó durante la presentación de la iniciativa.
Aguilar Castillo sostuvo que detrás de estos casos existen afectaciones que impactan el desarrollo de las víctimas, al alejarlas de sus estudios, de sus entornos familiares y de la posibilidad de decidir sobre su proyecto de vida.
El diputado recordó que la legislación federal ya reconoce la gravedad de esta conducta. El Código Penal Federal contempla sanciones para quienes obliguen o coaccionen a menores de edad a vivir en uniones equiparables al matrimonio, por lo que consideró necesario armonizar la legislación veracruzana para cerrar vacíos legales y fortalecer los mecanismos de protección. “Pero la realidad nos exige ir más allá y actuar desde lo local, desde el estado, desde nuestras comunidades, para cerrar cualquier espacio de impunidad”, afirmó.
La iniciativa establece que cometerá el delito de cohabitación forzada quien obligue, coaccione o induzca a una persona menor de 18 años, o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo, a sostener una unión informal equiparable a un matrimonio, con una persona de su misma condición o mayor de edad.
También serán sujetos de responsabilidad penal quienes gestionen, promuevan o obtengan algún beneficio derivado de esa unión. Las sanciones previstas van de ocho a 15 años de prisión, además de multas de mil a dos mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes actualmente a montos de entre 117 mil 310 y 293 mil 275 pesos.
El legislador argumentó que Veracruz carece de una figura penal autónoma que permita perseguir específicamente estas conductas, lo que dificulta diferenciarlas de otros delitos relacionados con violencia familiar o delitos sexuales. La propuesta también busca armonizar la legislación estatal con reformas aprobadas en entidades como Guerrero, San Luis Potosí, Colima, Querétaro y Zacatecas, además de alinearse con las disposiciones previstas en el Código Penal Federal para combatir el matrimonio infantil y cualquier forma de unión forzada.