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Sección: Estado de Veracruz

Proponen legislar como “legítima defensa” cuando mujeres repelen agresiones

- Diputada Astrid Sánchez propone evitar ser juzgadas al defenderse de agresiones físicas, sexuales o feminicidas

- Iniciativa de ley incorpora además la protección para terceros que intervengan en auxilio de una mujer agredida

José Topete Xalapa Ver. 14/05/2026

alcalorpolitico.com


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La diputada local de MORENA, Astrid Sánchez Moguel, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal de Veracruz para presumir legítima defensa en casos donde mujeres repelan agresiones físicas, sexuales o feminicidas, y evitar que sean procesadas penalmente bajo criterios que, según la exposición de motivos, ignoran contextos de violencia de género.

La propuesta plantea adicionar dos párrafos a la fracción III del inciso B del artículo 25 del Código Penal estatal para establecer que “también se presumirá la legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando una mujer repela una agresión física, sexual, feminicida, o reaccione ante el peligro inminente de sufrirla”.

La iniciativa señala que la Fiscalía General del Estado y los órganos jurisdiccionales deberán aplicar perspectiva de género para determinar la exclusión del delito y valorar el contexto de violencia previo a la agresión.

El proyecto legislativo también busca eliminar la punibilidad del exceso en la legítima defensa cuando la mujer actúe bajo “miedo, terror o confusión” derivados de un contexto acreditado de violencia de género o de un peligro inminente.

La legisladora argumentó que el sistema de justicia penal ha aplicado criterios de “neutralidad” que, en la práctica, “ignoran las asimetrías de poder y los contextos de violencia sistemática que enfrentan las mujeres”. Añadió que esa interpretación técnica se convierte en una barrera de acceso a la justicia para víctimas que responden a agresiones con el objetivo de preservar su vida.

En la exposición de motivos, Sánchez Moguel citó el caso de Alina Mariel Narciso Tehuaxtle, policía municipal originaria de Córdoba, Veracruz, quien en 2019 repelió una agresión de su entonces pareja sentimental, también integrante de la corporación policiaca, en Tijuana, Baja California. La diputada recordó que la mujer fue condenada inicialmente a 45 años de prisión y absuelta tres años después.

“El caso de Alina sentó un precedente relevante en entidades como Baja California y Tamaulipas”, expone el documento legislativo, al señalar que en esos estados se impulsaron reformas para reforzar la protección legal de mujeres víctimas de violencia.

La iniciativa incorpora además protección para terceros que intervengan en auxilio de una mujer agredida. El texto establece que “esta presunción y criterio de valoración serán igualmente aplicables cuando el acto de defensa sea ejecutado por un tercero en auxilio de la mujer agredida”.

La diputada sostuvo que la reforma pretende obligar a las autoridades ministeriales y judiciales a considerar el “continuum de violencia”, es decir, no analizar el hecho como un episodio aislado, sino dentro de un historial de agresiones previas.

“No se trata de crear privilegios, sino de alcanzar una igualdad sustantiva donde la ley proteja efectivamente a quienes han sido sistemáticamente vulneradas”, señala la exposición de motivos.