Ahora que se dio a conocer el monto estimado que será transferido a los 212 municipios por concepto de participaciones procedentes de 6 Fondos e Impuestos, el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) recordó a los ayuntamientos que deben aplicar correctamente los recursos públicos.
Y cumplir con la normativa aplicable en materia de contabilidad gubernamental, presupuestación, adquisiciones, transparencia y rendición de cuentas.
En el Manual de Fiscalización para los Entes Municipales 2023, se aborda ese tema y se recuerda a las autoridades municipales que las participaciones que correspondan a las entidades y municipios son inembargables.
Las participaciones no pueden afectarse a fines específicos, ni estar sujetas a retención, salvo aquellas del Fondo General de Participaciones, al Fondo de Fomento Municipal y a los recursos recibidos por las Participaciones en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, las cuales podrán ser afectadas en garantía, como fuente de pago de obligaciones contraídas por las entidades o municipios, con autorización de las legislaturas locales e inscritas en el Registro Público Único a favor de la Federación, de las instituciones de crédito que operen en territorio nacional, así como de las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana.
El ORFIS señala que el Fondo General de Participaciones se integra con el 20 por ciento de la recaudación federal participable que obtenga la Federación en un ejercicio fiscal, y el Estado debe destinar a los municipios, al menos, el 20 por ciento del total de los recursos que recibe.