Por falta de voluntad política, a más de tres años de haberse ratificado la reforma a la Constitución local por la que los ayuntamientos tienen que reducir el número de sus regidores, dicha disposición no ha sido publicada en la Gaceta Oficial del Estado.
Lo anterior lo acusó el ex diputado local la LXII Legislatura, Oscar Lara Hernández, quien apuntó que fue durante la anterior cámara cuando se aprobó en su primera etapa el decreto que él mismo propuso ante el pleno buscando evitar una sobre representación en los cabildos que beneficie a algún partido en el desarrollo de los comicios locales.
“Incluso los ayuntamientos ya la aprobaron en Cabildo, porque efectivamente hay una sobre representación y para que su reducción sea obligatoria sólo falta que el Gobernador del Estado publique la reforma en la Gaceta Oficial del Estado”, refirió el ex presidente de la Comisión de Gobernación.
Lamentó que este tema ya cumplió con el proceso protocolario, tras ser avalado en su primera etapa el 25 de junio de 2013 y ratificado el 28 de enero de 2014 en dos periodos ordinarios consecutivos, lo que obliga a reducir aproximadamente 240 regidurías en unos 60 ayuntamientos.
“Sólo falta su publicación en la Gaceta Oficial del Estado para que se ajuste al número de ediles en los 60 municipios donde hay sobrerrepresentación para la próxima elección de autoridades municipales (…)”.
“Al final hay una falta de interés de las fuerzas políticas y del Ejecutivo, yo presenté ese proyecto, cabildeamos y se avaló, pero ahora es letra muerta”, insistió el ex legislador local del PAN.
Finalmente, alertó que en caso de que no se promulgue la reforma antes del mes de noviembre o del inicio del proceso electoral en que se renovarán los 212 ayuntamientos veracruzanos, dicha norma podría aplicarse hasta las elecciones de 2021.
Cabe precisar que la reforma que presentó en su momento Oscar Lara modificó el artículo 33 de la Constitución Política del Estado, así como el artículo 21 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y artículo 147 del Código Electoral para el Estado.
Con ello se estableció que el número de ediles de los ayuntamientos se realizaría tomando como base el Censo General de Población de cada 10 años o, en su caso, el Conteo de Población y Vivienda, antes de la elección que corresponda.