Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Respiran en Fuerza por México; les devuelven candidaturas que OPLE canceló

El Organismo Electoral no respetó garantía de audiencia al tirar candidaturas por falta de paridad: TEPJF

Apolinar Velazco Veracruz, Ver. 26/05/2021

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
Los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron el acuerdo del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz, mediante el cual cancelaba el registro a 19 candidaturas encabezadas por hombres de Fuerza por México (FXM) por incumplir con la paridad de género.

Al resolver los juicios presentados por los contendientes afectados y el partido, determinaron que el ente comicial violó la garantía de audiencia.

“La determinación de la autoridad electoral por la que dejó sin efectos el registro de las planillas de candidatos postulado por Fuerza por México, aconteció sin respetar la garantía de audiencia del instituto político”, establecieron en el fallo.



Los inconformes pidieron que se declara inconstitucional el artículo 143 del Reglamento de Candidaturas para el Estado de Veracruz, porque restringían los derechos político electorales de los ciudadanos.

En el fallo, los integrantes de la Sala Xalapa explicaron que esta normativa da un plazo de 48 horas y 24 horas en cada caso, para que los partidos a partir de la notificación de requerimientos para hacer los ajustes correspondientes a fin de cumplir con las reglas de paridad de género.

“En el caso, el acuerdo por el cual se realizó el segundo requerimiento en donde se le otorgó 24 horas al partido para hacer los movimientos que considerara pertinentes se notificó al partido actor el 21 de mayo, por lo que el plazo feneció el 22 de mayo; sin embargo, el procedimiento del sorteo controvertido se llevó a cabo el 14 de mayo, es decir, siete días antes de que se le notificara al partido actor el acuerdo de requerimiento respectivo”, precisaron los magistrados regionales.



Por lo tanto dejaron sin efectos el acuerdo y ordenaron al Consejo General del OPLE reponer el procedimiento establecido en el artículo 142 apartado dos, del Reglamento de Candidaturas, a fin de que requiera a FXM en un plazo de 24 horas contadas a partir de la notificaciones, realice las modificaciones o sustituciones de candidatos para cumplir con la paridad de género.

Cabe recordar que el pasado 14 de mayo, el pleno comicial le quitó la candidatura a la Alcaldía de Xalapa a Eduardo Carreón Muñoz; así como a los contendientes por Perote, Minatitlán, Juchique de Ferrer, Totutla, Cuahuitlán, Nanchital de Lázaro Cárdenas Del Río, Nogales, Medellín, Misantla, Cazones de Herrera, Iztaczoquitlán, Amatlán de Los Reyes, Tlacotalpan, Espinal,, Apazapan, Atzacan, Zozocolco de Hidalgo y Coatzintla.

Lo anterior al verificar el cumplimiento del principio constitucional de paridad de género y acciones afirmativas de las candidaturas al cargo de Ediles de los 212 Ayuntamientos del Estado, presentadas por los Partidos Políticos y Coaliciones, para el Proceso Electoral Local 2020-2021.