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Sección: Estado de Veracruz

Revoca TEPJF determinación del TEV y absuelve a tres regidores xalapeños

Señaló que no violaron normativa electoral al colocar lona; no fue a favor de algún candidato

Rafael Meléndez Terán Xalapa, Ver. 16/08/2018

alcalorpolitico.com

Los magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron la determinación del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) y la vista que dio al Congreso del Estado para que sancionara a tres regidores del ayuntamiento de Xalapa (Erick Omar Rodolfo Juárez Valladares, Consuelo Ocampo Cano y Francisco Javier González Villagómez), dado que consideraron que la colocación de una lona en el desfile del 1° de mayo pasado no viola la normativa electoral.

Contrario a lo señalado por sus homólogos del árbitro local, los magistrados federales señalaron que la lona con el mensaje "Xalapa florecerá con la lucha de las y los trabajadores", no hace alusión a ningún tipo de difusión de logros, acciones a favor de algún candidato.

“Del análisis se considera que el mensaje de la lona está contemplado con uno de los supuestos de excepción de la propaganda electoral, al encuadrar en el carácter de educativo, sin que se dañe la normativa”, se detalló.



Según los juristas, de ningún modo se observa que durante el periodo de campañas se exaltaran los logros del gobierno de Hipólito Rodríguez Herrero; por lo que coincidieron en que no hay ninguna infracción.

La anterior resolución echó abajo la pretensión del Partido Acción Nacional (PAN), que promovió el Procedimiento Especial Sancionador 34/2018 en el TEV, en contra de quienes integran la Comisión de Educación, Recreación, Cultura, Actos Cívicos y Fomento Deportivo, por violar las Constituciones Federal y Local.

En ese entonces los magistrados del TEV acusaron que durante el periodo de veda electoral únicamente se puede difundir información relacionada con salud, seguridad, educación o protección civil; no obstante, para los del TEPJF no hubo promoción de ninguna persona o partido en específico.



“El hecho de colocar una lona no transgrede la normativa electoral y no se ven afectados los principios de certeza e imparcialidad, dado que no se difundió programa alguno para apoyar o atacar a algún candidato o partido”, se concluyó.