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Sección: Estado de Veracruz

Robos de frutos, otra “plaga” que agobia a campesinos en Veracruz

- Impunidad ronda 98% en 268 casos denunciados desde 2018

- Distritos judiciales de Poza Rica, Córdoba, Papantla y Tuxpan, los de mayor incidencia

José Topete Xalapa, Ver. 10/01/2021

alcalorpolitico.com

En Veracruz el robo de frutos es otra “plaga” a la que se enfrentan los productores y campesinos. Este ilícito tiene una impunidad de casi el 98 por ciento.

De acuerdo con el área de transparencia de la Fiscalía General del Estado, de los 268 casos denunciados de 2018 a junio de 2020, únicamente se han iniciado 6 procesos penales contra los responsables.

El ente investigador refirió que el distrito judicial de Poza Rica, conformado por Coatzintla, Cazones, Tihuatlán y Castillo de Teayo, acumula 36 carpetas de investigación del primero enero de 2018 al 5 de junio de 2020.



Se trata de la zona más afectada por el robo de frutos, ilícito por el que el Código Penal del Estado prevé prisión de 3 a 12 años, cuando el monto de lo robado rebasa los 100 días de salario mínimo.

Cabe señalar que la entidad es una de las principales productoras de cultivos como la caña de azúcar, maíz, grano, naranja, limón y piña en México y gran parte de los cultivos se utilizan para el autoconsumo.

Delito afecta todo el Estado



De acuerdo con el Sistema de Investigaciones Ministeriales, después de Poza Rica hay 3 Distritos con un importante número de casos.

Córdoba, Papantla y Tuxpan acumulan 29 carpetas, cada uno; seguidos de los Distritos de Cosamaloapan y Misantla, con 26 carpetas de investigación cada uno.

Huatusco suma 20; Coatzacoalcos 13; Jalacingo 10; San Andrés Tuxtla 9; Chicontepec 8; Acayucan, Orizaba, y Xalapa 6.



Finalmente, Tantoyuca acumula 5 casos; Veracruz 4; Pánuco 3; Zongolica 2; Ozuluama 1 y hay cero denuncias en Coatepec y Huayacocotla.

La propia Fiscalía, por medio del oficio 01038720, reporta que de las 268 carpetas solo se derivaron seis procesos penales.

El Código penal del Estado establece en su artículo 206 que quien se apodere de algún instrumento o máquina de labranza, alambre utilizado para cercar, frutos cosechados o por cosechar, colmenas, abejas o sus productos, total o parcialmente ajenos, sin el consentimiento de quien legalmente pueda disponer de los mismos con arreglo a la Ley, será sancionado.



Si el valor de lo robado no excede de cien días de salario, se aplicará prisión de tres meses a seis años y multa hasta de setenta y cinco días de salario. Si el valor de lo robado excede de cien días de salario, se sancionará al responsable con prisión de tres a diez años y multa de hasta cuatrocientos días de salario.

Finalmente, si el valor de lo robado excede de doscientos días de salario es cometido en el medio rural, se aplicará prisión de cuatro a doce años y multa de hasta seiscientos días de salario.