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Universidad Anahuac

Sección: Estado de Veracruz

Sancionan a administradora de medio digital por reincidir en violencia en razón de género

Ordenan registro de encargada de “Desde la Parroquia” por 6 años en lista de violentadores y a pagar multa de 6 mil pesos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 02/12/2023

alcalorpolitico.com

Con una multa de 6 mil 120.66 pesos y la inscripción por otros 6 años en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, fue sancionada Marina del Carmen Morales Carvallo, administradora de la página del medio de comunicación “Desde la parroquia” en la red social Facebook.

Con ello, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) cumplió con la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV).

La infractora tiene el carácter de reincidente, debido a que mediante sentencia del TEV, en agosto de este año, se ordenó su inscripción a ambos registros por una temporalidad de 6 años.



En la sentencia, los magistrados electorales estimaron que, para evitar incurrir en un proceso de revictimización, de manera preventiva se deberán proteger los datos que pudieran hacer identificable a la parte denunciante de la versión pública que se elabore de esta sentencia, así como de las actuaciones que se encuentren públicamente disponibles.

Además, se calificó la responsabilidad de la infractora como grave ordinaria porque se encuentra porque se encuentra probado que las conductas se ejecutaron de manera dolosa e intencionada, toda vez que vulnera la normatividad internacional, nacional y local electoral, mismas que fueron ejecutadas con la intención de menoscabar el ejercicio del cargo de la denunciante.

La infractora previamente ya tenía conocimiento de qué manera se podría actualizar dicha conducta ilícita, por haber sido sancionada por la misma infracción cometida en el mismo contexto, esto es, en una página de perfil de un medio de comunicación en la red social Facebook, por la colocación y disponibilidad de publicaciones con estereotipos de género y sesgos discriminatorios reiterados respecto de la misma denunciante, de ahí que se pueda incluso derivar una posible sistematización de actos constitutivos de violencia en contra de la quejosa.