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Sección: Estado de Veracruz

Sanciones por no facturar pueden llegar hasta los 69 mil pesos: SAT

"Ya no hay contribuyentes que no puedan expedirlas, si uno se sube a un taxi y la requieres para deducir, el taxista debe entregarla”: Sandra Leticia Pérez

Miryam Rodr?guez Hern?ndez Orizaba. Ver. 22/04/2014

alcalorpolitico.com

Todos aquellos que no emitan factura serán multados por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), con sanciones de hasta 69 mil pesos. Sin excusa ni pretexto todos aquellos negocios a los que se les pida que expidan estas, deben hacerlo sin importar el monto.

“Las multas por no expedir un comprobante fiscal, que es una factura pueden llegar a 69 mil pesos de acuerdo a lo que establece el código y se están presentando denuncias de parte de los mismos contribuyentes donde dicen que no se están expidiendo estas en diversos sitios”, informó la encargada del SAT en la zona Córdoba- Orizaba, Sandra Leticia Pérez del Valle.

Insistió que desde inicio de abril ya se volvió obligatorio que se expendan las facturas electrónicas, además indicó Pérez del Valle, que no hay monto mínimo para expedirlas

“ya no hay contribuyentes que no puedan expedir facturas, si te subes a un taxi y haces un viaje largo y la requieres para deducir, el taxista debe entregarla”.

En referencia al padrón de contribuyentes dijo que de enero a la fecha el incremento de estos es del 10 por ciento, es decir que los informales están buscando entrar en la formalidad “están viendo los beneficios que trae este régimen de incorporación fiscal. La verdad es que la gente más se acerca al SAT su inscripción, reanudación, en la actualidad tenemos 40 mil contribuyentes que están incorporados a este régimen y eso es bueno porque ellos sí quieren estar en la legalidad”.

En este sentido recordó que el 8 de abril del 2014 salió en el Diario Oficial de la Federación un decreto publicado, el cual avala que los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal podrán tener beneficios muy importantes como: aquellos relacionados con la seguridad social, los que tributen en este régimen como son las personas físicas y los trabajadores que de estas dependen tendrán derecho a la seguridad social y a la vivienda por medio del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).



“Todos aquellos trabajadores que se encuentren en industrias familiares, comerciantes en pequeño, artesanos, ejidatarios, comuneros, y personas físicas, patrones con trabajadores asegurados a su servicio que no hayan cotizado al Seguro Nacional o que haya aportado al INFONAVIT en 24 meses previos a la solicitud, tendrán un subsidio según lo que afirma este decreto”, finalizó.