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Sección: Estado de Veracruz

Se calienta debate por prisión preventiva; Suprema Corte votará el jueves

- Arturo Zaldívar “regaña” a compañeros: Corte puede invalidar leyes que permiten abusos

- Ministros no “desprenderían hojas de la Constitución” pero sí el Artículo 1°, critica

- Debe prevalecer la Supremacía Constitucional, le responden

Ángel Saldaña Xalapa, Ver. 06/09/2022

alcalorpolitico.com

Será el próximo jueves cuando ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) voten el proyecto que plantea invalidar la medida de prisión preventiva oficiosa de la Constitución Política.

Durante la sesión del Pleno este jueves, el ministro que presenta el proyecto, Luis María Aguilar Morales, pidió posponer la votación para asumir o contradecir reflexiones y llevar una exposicion a sus compañeros y valorar si debería tener que presentarlo nuevamente.

Y es que este día se “calentó” la discusión por el debate de si la Corte tiene facultad de eliminar leyes aunque la prisión preventiva “automática” viole derechos humanos y vaya en contra de tratados internacionales en la materia firmados por México.

El ministro presidente Arturo Zaldívar incluso respondió a su compañero Alberto Pérez Dayán, quien el día anterior había afirmado que no es quien “para desprender hojas de la Constitución”.

A decir de Zaldívar, quiza no se arranca de la Constitución el Artículo 19 pero sí el primero que garantiza que todos los mexicanos tienen garantizados sus derechos humanos.

“¡Los derechos humanos son Constitución!”, exclamó el Ministro Presidente, “el día de mañana el Poder revisor (Legislativo) puede establecer en la Constitución la tortura, los azotes, la pena de muerte, tratos inhumanos, la esclavitud, ¿y este Tribunal no podría hacer absolutamente nada?”, dijo en un claro “regaño” a los demás ministros.

El proyecto de Aguilar Morales, cabe destacar, propone declarar la invalidez del articulo 167 párrafo séptimo del Código Nacional de Procedimientos Penales y el artículo V, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional, por establecer la procedencia de la prisión preventiva “de manera oficiosa, absoluta, desproporcionada y automática”.

Previamente, había explicado que dicha medida va contra los derechos de las personas, lo que ya ha sido establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pues ante todo debe prevalecer la presunción de inocencia y la prisión preventiva debe ser “excepcional”, no algo que se aplique de manera general.

“Lo cierto es que la prisión preventiva oficiosa en nuestro país tiene a miles de personas en la cárcel, la mayoría de ellos son pobres, los olvidados y marguinados que no tienen quién los defienda y afecta de manera particular a las mujeres.

“Vayamos a las prisiones y díganme cuánta gente rica hay, y vean cuánta gente pobre hay. ¿A cuántas personas se les fabrican delitos o se les pone una agravante para que ya no puedan salir y se pasen 10, 12, 17, 20 años en una prision preventiva oficiosa sin que se les dicte sentencia. Ésta es una profunda injusticia que padece el pueblo de México todos los días”, advirtió Zaldívar en la sesión de este martes.

En respuesta, la ministra Loretta Ortiz Ahlf defendió la “supremacía constitucional”, advirtiendo que todo tratado internacional debe estar de acuerdo a la Constitución.

“Se habló aquí que ley posterior deroga a la anterior, no puede haber una derogación de la Constitucion por un tratado posterior, la Constitución es la suprema”, dijo.

En respuesta al Presidente de la Corte, Ortiz Ahlf comentó que su postura iba incluso en armonía con su ética profesional.

Por su parte, la ministra Margarita Ríos Farjat también dijo no compartir la idea de “inaplicar la Constitución”, no obstante, advirtió que el Estado Mexicano sí ha caído en contradicciones durante años al abogar por los derechos humanos e imponer la prisión automática.

Sobre las consecuencias de invalidar la Ley, el propio ministro Aguilar Morales había aclarado que no serían liberadas en automático todas las personas actualmente internas.

“Sino que sólo implica que la medida cautelar deba ser revisada para determinar si hay o no, justificación para mantener la prisión preventiva”.

Es decir, el Ministerio Público, explicó, deberá solicitar la medida en forma justificada.

“Esto no significa que con el proyecto se proponga que la Suprema Corte atente o busque obstaculizar las labores de investigación y persecución de los delitos, todo lo contrario, la propuesta únicamente pretende proteger los derechos de las personas, sobre todo de aquellas más pobres y vulnerables que no siempre tienen acceso a una defensa adecuada y que muchas veces son el sustento de su familia”.