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Sección: Estado de Veracruz

Se cometieron 8 feminicidios en noviembre, en Veracruz; el doble que en octubre

- De ellos, 2 fueron en Tuxpan; Cosautlán, Medellín y Poza Rica reportan 1 cada uno

- Estos Municipios habían estado exentos de estos delitos hasta ahora

Miguel Ángel Barragán Veracruz, Ver. 21/12/2020

alcalorpolitico.com


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Porcentualmente, en el mes de noviembre con respecto a octubre anterior los feminicidios en el Estado de Veracruz se incrementaron en 100 por ciento, al pasar de 4 a 8 respectivamente, de acuerdo con datos de la Secretaría de Gobernación que a su vez indica que el municipio de Veracruz Puerto es el que registra el mayor número de casos.

Los datos de la SEGOB sobre feminicidios se dan a conocer mensualmente en el “Informe de Incidencia Delictiva del Fuero Común 2020”, que publica el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), que a su vez recibe información de las carpetas de investigación iniciadas ante las Procuradurías o Fiscalías Generales en las 32 entidades federativas.

En el referido informe, se da a conocer que en el periodo de enero a noviembre, los municipios con el mayor número de feminicidios en orden descendente son:


  • Veracruz, con 8
  • Coatepec, con 4
  • Xalapa, con 3
  • Coatzacoalcos, con 3
  • Papantla, con 3
  • Emiliano Zapata, con 3

Estos seis municipios suman 24 de los 79 feminicidios reportados por la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGEVER) a la Secretaría de Gobernación, cifra que representa el 30.3 por ciento del total.

También es importante destacar que de los ocho feminicidios cometidos durante el mes de noviembre, dos de ellos fueron en el municipio de Tuxpan, el cual se había mantenido exento de este delito.



Similar fue el caso de los municipios de Cosautlán, Medellín y Poza Rica, que en noviembre registraron el primer feminicidio del año.

Es importante destacar asimismo, que la zona metropolitana de Xalapa, Coatepec y Emiliano Zapata registra de enero a noviembre 10 feminicidios, la cifra más alta del estado de Veracruz.

La Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos para Fines Estadísticos del INEGI indica que el Feminicidio consiste en privar de la vida a una mujer por razones de género.



Se entiende que existen razones de género cuando en la privación de la vida se presente alguna de las siguientes circunstancias:

I. Exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad;

II. Exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación sentimental, laboral, escolar, o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad;



III. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

IV. A la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida; o al cadáver se le hayan realizado marcas infamantes, degradantes o mutilaciones;

V. Hayan existido amenazas, acoso o lesiones del agresor en contra de la víctima;



VI. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público;

VII. La víctima haya sido incomunicada; y

VIII. Cualquier otra circunstancia establecida en la normativa correspondiente que implique privar de la vida a una mujer por razones de género.



Cabe advertir que en este catálogo no se precisa que sólo será feminicidio cuando éste se haya perpetrado con “otro elemento”.