A partir de ayer viernes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) empezó a notificar los efectos de la suspensión temporal del acto reclamado a los siete ayuntamientos de Veracruz que promovieron la Controversia Constitucional en contra del uso de la recaudación del impuesto del 3% a la nómina para pagar pasivos a proveedores y contratistas.
Al manifestar lo anterior, Joaquín Rosendo Guzmán Avilés, diputado coordinador del grupo legislativo del PAN en el Congreso del Estado, dijo que con la suspensión temporal ordenada por los ministros, se detiene el proceso de pago de las obligaciones (por más de once mil millones de pesos) a cargo del Gobierno del Estado con proveedores y contratistas que forman parte del pasivo circulante y que se enlistan en un Anexo Único que hasta el momento nadie conoce.
Por ello, quedó sin efecto el inicio de los pagos que se harían a través de los Fideicomisos Irrevocables de Administración de Cuentas Mandatadas (FIAD), y de Pago a Proveedores y Contratistas para el Saneamiento Financiero del Estado de Veracruz (FIDESAN), a través del Comité Técnico del FIDESDAN, que debieron quedar constituidos el 20 de este mes.
Los ayuntamientos que promovieron la Controversia Constitucional que están siendo notificados de la suspensión del acto reclamado son Boca del Río, Tantoyuca, Medellín de Bravo, La Antigua y Córdoba, de extracción panista; así como Xico y Apazapan, de extracción perredista.
El legislador albiazul añadió que la lucha jurídica para combatir el decreto aprobado el 21 de julio de este año por el Congreso del Estado, que determina la afectación del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal al pago del pasivo circulante proveniente de los adeudos que reconoce el Gobierno del Estado en favor de proveedores y contratistas y que sienta las bases para la creación de dos fideicomisos irrevocables para su cumplimiento, se ha dado con dos recursos: una Controversia Constitucional, presentada por 7 ayuntamientos y una Acción de Inconstitucionalidad, presentada por diputados locales opositores al PRI.
Debido a que la SCJN dio entrada a la Controversia Constitucional, por consecuencia tuvo que determinar la suspensión temporal de todas las acciones que contempla la disposición aprobada por el pleno legislativo.
No descartó la posibilidad de que al análisis de la Controversia Constitucional, los ministros incorporen la Acción de Inconstitucionalidad, toda vez que por dos medios de impugnación diferentes, se combate el mismo acto.
Por lo que es posible que la sentencia final se dé en un plazo de ocho meses, es decir, si se determina que fue un acto ilegal la aprobación del decreto que afecta la recaudación del impuesto del 3% a la nómina y se deroga, o bien, si se confirma que fue un acto legal.
Aunque el panista dijo tener plena confianza de que los ministros determinarán que se trata de un acto ilegal y ordenarán su derogación.