La Secretaría de Protección Civil (PC) llevará a cabo el proceso de autorización, renovación, suspensión o cancelación de los registros otorgados a las personas físicas o morales conocidas como Terceros Acreditados que prestan servicios profesionales a la dependencia.
El Tercero Acreditado es la persona física o moral que presta servicios profesionales en materia de protección civil, tales como asesoría, capacitación, análisis de riesgo, elaboración de programas internos y especiales, entre otros; y que cuentan con registro emitido por la Secretaría de Protección Civil y autorizados para expedir Carta de Corresponsabilidad.
El otorgamiento del registro como Tercero Acreditado, implica la aceptación de la persona solicitante de participar en actividades en materia de protección civil y gestión integral del riesgo, con el fin de brindar apoyo a la comunidad o a la propia Secretaría, cuando así se requiera, de manera oportuna, eficaz, profesional y responsable.
Los registros que otorga la Secretaría son sobre la capacitación en las siguientes materias: búsqueda y rescate; evacuación de inmuebles; primeros auxilios; prevención y combate de incendios; y otros que sean considerados procedentes.
El rubro de análisis de riesgo fue relativo a la construcción, edificación y obras de infraestructura; asentamientos humanos; manejo de sustancias peligrosas; y cumplimiento de disposiciones para instalaciones existentes. Así también se estudió la formulación de programas para empresas o actividades de bajo, mediano y de alto riesgos.
En caso de que la persona que cuente con registro como Tercero Acreditado avale actividades para las que no esté autorizado o que omita, simule o tergiverse información o que de manera reiterada sea objeto de errores u observaciones en sus análisis de riesgo y programas internos, la Secretaría podrá negar su renovación de registro, o en su caso se iniciará el procedimiento de suspensión o cancelación del registro.
Dentro de las atribuciones de la Secretaría de Protección Civil se encuentra la de otorgar el registro a personas como Terceros Acreditados para ejercer asesoría, capacitación, elaboración de programas internos y análisis de riesgo; además de actividades que resultan de suma importancia para determinar las medidas preventivas y de mitigación de los riesgos detectados, tanto existentes como futuros. Cuyos esfuerzos se integran al objetivo del Sistema Estatal de Protección Civil para salvaguardar la vida, la integridad, la salud y los bienes de la población veracruzana.
Por ello, ante la creciente agudización de los fenómenos perturbadores se obliga a reforzar los mecanismos y acciones institucionales para reducir los daños a la población, su vida y sus bienes, sancionando las violaciones que se presentan al incumplir con los ordenamientos encargados de la seguridad de la población.