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Sección: Estado de Veracruz

Secretaría de Salud emite protocolo de atención a víctimas de violencia sexual

- Se brindarán cuidados médicos y psicológicos inmediatos, integrales y gratuitos

- Documento establece los pasos que personal de Salud debe seguir en estos casos

- Es para instituciones de Salud de Veracruz, sean públicas, sociales o privadas

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 28/11/2020

alcalorpolitico.com

La Secretaría de Salud de Veracruz emitió el “Protocolo para la Atención Médica a Víctimas de Violencia Sexual”, cuyo objetivo es brindar atención médica y psicológica inmediata, oportuna, integral y gratuita a personas víctimas de violencia sexual, apegados al marco legal vigente y bajo los principios de buena fe y máxima protección pro persona.

El documento establece los pasos a seguir en la atención inmediata a las víctimas en todas las instituciones del Sector Salud de Veracruz, entendiéndose públicas, sociales y privadas.

No obstante, de ser necesario será preciso ajustarlo conforme a la capacidad técnica y operativa, acorde a los principios de atención médica, ponderando el bienestar de la persona en calidad de víctima.



El protocolo establece tres períodos de atención para violencia sexual:

Período de atención inmediata será en las primeras 72 horas posteriores al último evento de violencia sexual; el período de atención intermedia después de 72 horas y hasta 120 horas al último evento de violencia sexual; y el período de atención tardía después de 120 horas posteriores al último evento de violencia sexual.

En el periodo de atención inmediata, en hospitales se deberá realizar una valoración médica y aplicar pruebas rápidas o de laboratorio VIH/VDRL/Embarazo. (Laboratorio: VIH, VDRL, panel de hepatitis B y C. Fracción Beta sérica).



También se deberá practicar una profilaxis VIH (sólo para caso de intercambio de fluidos); profilaxis de enfermedades de transmisión sexual (ETS); dar pastilla anticonceptiva de emergencia; referencia a módulo de psicología; proporcionar información de instituciones que brindan asesoría legal; dar aviso al Ministerio Público (Fiscalía) y elaboración e integración del expediente clínico.

En la atención intermedia, en hospitales y Centros de Salud se hará una valoración médica; se aplicarán pruebas rápidas o de laboratorio; profilaxis para infecciones de transmisión sexual; pastilla anticonceptiva de emergencia; referencia a Módulo de Psicología; información de instituciones que brindan asesoría legal; aviso al Ministerio Público y elaboración e integración del expediente clínico.

Y para la atención tardía se aplicarán las mismas acciones anteriores, salvo que el tratamiento de infecciones de transmisión sexual será de acuerdo con el criterio médico por clínica.



Asimismo, el protocolo señala que el personal de medicina general o especialista responsable del servicio de urgencias pediátricas/adultas deberá recibir a la persona con trato sensible, amable y empático; y anotarla en la base de datos o libreta de registro como Código NOM-046.

Para activar el Código en urgencias, se habrá de comunicar (personalmente, vía telefónica o WhatsApp) al Equipo de Respuesta Inmediata acerca de la atención de una víctima de violencia sexual, dejando constancia en expediente clínico.

Y solicitar oficio de Fiscalía en el que se incluyen las diligencias desahogadas (peritos en Medicina, Psicología y trabajo social, Policía Ministerial, referencia a atención a víctimas y medidas de protección) para conocer motivo de envío y evitar revictimización.



En caso de embarazo, referido por la víctima como resultado de violencia sexual, informar a la persona sobre su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de la víctima, respetando íntegramente por parte del personal de salud la autonomía de sus derechos sexuales y reproductivos, sin mediar objeción de conciencia en todo el equipo quirúrgico, continuar con protocolo IVE.

Si la paciente menciona desconocer intercambio de fluidos, se incluirán las pruebas biológicas necesarias para confirmar o descartar.

En caso de resultado reactivo a VIH o VPH, se recomienda dar el diagnóstico por el médico tratante acompañado de personal de psicología-psiquiatría. Indispensable considerar el manejo con la NOM-010- SSA2-2010.



Si la persona no amerita hospitalización y/o intervención quirúrgica (paciente ambulatorio) una vez realizado los servicios médicos de anticoncepción de emergencia y quimioprofilaxis en casos de violación, en la entrevista se le informará que es su derecho acudir a la Fiscalía más cercana a su comunidad a presentar la denuncia y de la importancia de no realizarse baño genital alguno y que tendrá que entregar su prenda de vestir íntima o aquellas prendas que fueron involucradas en el momento de los hechos para evitar pérdida de indicios.

Todos los servicios brindados serán gratuitos; el protocolo indica los medicamentos que se deben suministrar para cada caso; y establecer una cadena de custodia para conservar los indicios recabados de forma separada y de acuerdo con la naturaleza del mismo, debiendo colocar en etiqueta: nombre de la persona paciente, fecha y hora de la recolección, nombre de la persona que recolectó la muestra, en qué consiste la muestra, de dónde se extrajo, firma de la persona que la recabó. Asentando estos mismos datos en el expediente clínico en el apartado correspondiente.