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Sección: Estado de Veracruz

SEFIPLAN también recaudará y fiscalizará impuesto predial de Jamapa

- Se encargará de imponer multas y autorizar pagos en parcialidades

- Firman convenio de coordinación que estará vigente este año

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 19/06/2021

alcalorpolitico.com

La Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) y el Ayuntamiento de Jamapa formalizaron el convenio de coordinación y colaboración administrativa para que la dependencia estatal sea la responsable de recaudar y fiscalizar el impuesto predial y sus accesorios legales, así como la de imponer multas y autorizar pagos en parcialidades, mismo que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

Con el convenio, el Estado recibirá de los contribuyentes el entero del Impuesto Predial a través de la Oficina Virtual de Hacienda (OVH); controlará, vigilará y asegurará el cumplimiento de las obligaciones fiscales omitidas en materia del Impuesto Predial, a través de requerimientos o cartas invitación, por prioridad de acuerdo con su impacto recaudatorio; podrá imponer multas por las infracciones cometidas por los contribuyentes; y autorizará el pago a plazos, ya sea diferido o en parcialidades.

Además, podrá actualizar el padrón del impuesto predial, en cuanto a los valores catastrales y movimientos presentados, a través de la información que proporcione el Municipio, la Dirección General de Catastro de la Secretaría de Gobierno, así como la que obtenga el Estado en el ejercicio de las facultades convenidas, principalmente.



La firma del Convenio genera un incentivo para la coordinación en la recaudación del impuesto predial entre los estados y sus municipios.

El incentivo consiste en distribuir el 30% del excedente de dicho, únicamente entre aquellas entidades que hayan coordinado con sus municipios la recaudación de esta contribución y que registren incremento en la recaudación de dicho impuesto.

El Estado se compromete a entregar al Municipio de Jamapa el importe que le corresponda por la recaudación efectivamente obtenida por concepto del Impuesto Predial y sus accesorios, disminuidos los gastos de ejecución que en su caso se hayan generado.



Además, el Municipio deberá informar a la administración entrante en la entrega-recepción del Ayuntamiento la celebración del convenio, con la finalidad de que el edil entrante someta a la consideración del Cabildo la continuidad.

En caso de dar por terminado el Convenio, ambas partes acordarán el periodo en el cual realizarán la entrega-recepción de los documentos, bienes muebles o inmuebles, así como los programas informáticos y demás elementos utilizados para la realización de las acciones convenidas, el cual no podrá exceder de 3 meses, contados a partir de la fecha en que se tenga por concluido.