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Sección: Estado de Veracruz

Seguro de separación individualizada viola ley de austeridad: Consejero

Concepto de alto riesgo en que se basa es desproporcionado a la función que ejercen los consejeros: Roberto López

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 15/11/2019

alcalorpolitico.com

Roberto López Pérez, consejero del Organismo Público Local Electoral, dijo que el Seguro de Separación Individualizada que contempla los Estatuto de Relaciones Laborales del OPLE, violenta la Ley de Austeridad del Estado de Veracruz.

Explicó que el artículo tercero de la referida Ley señala que “queda prohibido establecer o cubrir con recursos públicos haberes de retiro o regímenes especiales de jubilación o pensión, así como la contratación de seguros privados de gastos médicos de vida o de separación individualizada o colectiva por parte de los entes públicos locales para beneficio de cualquier servidor público, con excepción de aquellos necesarios por corresponder a una función de alto riesgo, conforme a lo establecido en la ley”.

Dijo no compartir el concepto de función de alto riesgo de los consejeros electorales.



Indicó que el concepto de función de alto riesgo para las actividades de las y los consejeros del OPLE es desproporciona a la función que ejercen, al situarlos como propensos a factores de riesgos psicosociales, ergonómicos y traumáticos severos.

Argumentos que dijo no compartir por la dificultad jurídica para relacionar ese tipo de factores de riesgo con la permanencia del Seguro de Separación y porque dicha hipótesis jurídica poco abona a consolidar la legitimidad de los organismos electorales para con la ciudadanía, e inclusive los alejan de ella al establecer un caso de excepción para la función pública que se ejerce.

“Se incorpora el Seguro de Separación Individualizada por considerarse que ejercemos funciones de alto riesgo, cuestión que no comparto. En los tiempos que corren, a nivel global y, particularmente, en nuestra Nación y Estado, resulta evidente el descontento ciudadano para con las instituciones públicas

y para todas aquellas acciones que las coloquen en un trato diferencial o especial diverso al de la gran mayoría de la población”.

Agregó que lo innegable es que la ciudadanía reclama precisamente ciudadanizar a las instituciones públicas. Lo que significa que los Organismos derriben las murallas que los separan de la realidad cotidiana que enfrenta la inmensa mayoría de la población.

Además, añadió que la previsión del Seguro de Separación Individualizada, como un contrapeso a la imposibilidad que se tiene de ejercer con posterioridad un cargo de elección popular, es también poco empático con la realidad que vive el 3.6% de la población económicamente activa a nivel nacional, que actualmente se encuentra en la tasa de desocupación; y, especialmente, de las poco más de 5 millones de personas que viven en situación de pobreza en el Estado de Veracruz.



“Los órganos electorales deberíamos ser los primeros en sensibilizarnos y progresar gradualmente en su ciudadanización, pues somos precisamente nosotros, como demócratas trabajando por construir y consolidar la democracia, quienes debiéramos impulsar acciones que, contrario a distanciarnos del grueso de la sociedad, nos permitan tender puentes de acercamiento”.

Asimismo, expuso que no comparte cuando se hace mención de que el Seguro de Separación Individualizada tiene sustento en la restricción que, como integrantes del órgano máximo de dirección, tienen para desempeñarse, durante los dos años siguientes a la conclusión del encargo, en los poderes públicos cuya elección hayamos organizado.



“Tengo la plena seguridad de que, al momento en que asumimos el compromiso de participar para ejercer nuestra labor, teníamos conocimiento de las restricciones que implicaba, aunado a que la restricción que tenemos no es total sino parcial y nos permite poder continuar en el ejercicio profesional, tanto en el ámbito electoral como en el Poder Judicial, en la iniciativa privada o en los demás órganos autónomos existentes, por mencionar algunos; razón por la cual considero que dicha porción normativa resulta insuficiente para sostener la determinación que se adopta”.