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Sección: Estado de Veracruz

SEV, DIF y Salud deben establecer programas de atención a personas con autismo

- Se busca su plena integración e inclusión educativa, social y laboral

- Debe ser en ambiente libre de discriminación y con enfoque especializado e integral

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 18/11/2020

alcalorpolitico.com

Después de un año y 11 meses de la vigencia de Ley para la Atención, Intervención, Protección e Inclusión de las Personas con Trastorno del Espectro Autista para el Estado de Veracruz, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez emitió el Reglamento que hoy miércoles entra en vigor.

La Ley fue promulgada el 20 de agosto del 2018 por el entonces gobernador panista Miguel Ángel Yunes Linares y entró en vigor el 1° de enero de 2019 y se tenía un plazo de 60 días naturales para expedir las disposiciones reglamentarias de la Ley.

Sin embargo, Yunes Linares no emitió el Reglamento y el actual Gobernador tardó casi dos años para expedirlo.



Ahora, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación y el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, a través del Centro Estatal para la Detección y Atención del Autismo, tienen un plazo de 90 días naturales, a partir de la entrada en vigor del Reglamento, para someter a consideración del Titular del Ejecutivo Estatal las políticas y programas en materia de Trastorno del Espectro Autista.

Y se tiene un plazo de 90 días naturales para que la Secretaría de Educación expida el “Manual de Apoyo a Docentes en Trastorno del Espectro Autista” y el “Protocolo de Actuación para la Atención de las Personas con Trastorno del Espectro Autista”.

El Reglamento señala que las acciones que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal deban realizar para dar cumplimiento a lo establecido se sujetarán a la disponibilidad presupuestaria aprobada para tal fin en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado para el Ejercicio Fiscal correspondiente (2021).



Entre las disposiciones que establece el Reglamento, destaca que la Secretaría de Educación de Veracruz deberá establecer un Modelo Educativo de Inclusión que facilite el proceso de integración de las personas con Trastorno del Espectro Autista a escuelas de educación regular, basado en los principios del interés superior de la niñez e igualdad sustantiva, que garantice un ambiente escolar estimulante, donde el resto del estudiantado y personal docente puedan apoyar y traten a las personas con dicho trastorno con respeto y dignidad, evitando conductas que atenten contra sus Derechos Humanos.

Y la impartición de educación y capacitación, basada en criterios de integración e inclusión de las personas con Trastorno del Espectro Autista, tomando en cuenta sus capacidades y potencialidades, mediante evaluaciones pedagógicas, a fin de fortalecer sus posibilidades para tener una vida digna e independiente.

Mientras que el Instituto Veracruzano del Deporte, en coordinación con la Secretaría de Educación, promoverá que, en la enseñanza, actualización y difusión de la cultura física y el deporte, se establezcan temáticas para la Integración de las personas con Trastorno del Espectro Autista.



Además, los Servicios de Salud de Veracruz y el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia incluirán, en la elaboración de sus programas, acciones tendientes a la orientación, prevención, detección, evaluación y estimulación temprana, atención integral o especializada, terapias de lenguaje, de entrenamiento en habilidades de la vida diaria, de habilidades sociales, terapia conductual, de integración sensorial u otras especializadas y que cuenten con sustento científico, de acuerdo con las necesidades específicas de la persona con Trastorno del Espectro Autista.

Dichos programas deberán contemplar servicios de orientación, atención y tratamiento psicológico para las personas con Trastorno del Espectro Autista, sus familias o personas encargadas de su cuidado y atención, así como la implementación de la intervención psicoeducativa basada en los principios de modificación de la conducta y las técnicas sustentadas en las teorías del aprendizaje, como las principales herramientas de enseñanza.

El objetivo de la Ley es impulsar la plena integración e inclusión educativa, social, y laboral de las personas con el Trastorno del Espectro Autista en un ambiente libre de discriminación y con un enfoque especializado e integral, mediante la protección de sus derechos humanos y necesidades fundamentales que les son reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales, sin perjuicio de los derechos tutelados por otras leyes u ordenamientos.



Y garantizar la creación e implementación de políticas públicas, programas y acciones institucionales efectivas en favor de las personas con Trastorno del Espectro Autista, de sus padres o de quien legalmente se encuentre a su cargo, en los ámbitos de la salud, entendida ésta en su sentido más amplio y en los ámbitos educativo, social y laboral, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y los demás instrumentos legales aplicables.