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Sección: Estado de Veracruz

SEV modifica plazos para que escuelas particulares refrenden RVOE

Es para instituciones educativas de tipo Básico, Media Superior y Superior

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 23/08/2022

alcalorpolitico.com


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La Secretaría de Educación de Veracruz actualizó los lineamientos para el refrendo de autorización de Estudios o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) a los particulares que prestan o pretenden prestar el servicio educativo de tipo Básico, Media Superior y Superior.

De acuerdo con los lineamientos emitidos por Zenyazen Roberto Escobar García, titular de la SEV, los particulares que cuentan con acuerdo de autorización de RVOE del tipo Básico y Media Superior, deberán a ver el refrendo cada cinco años.

Quienes ofrecen servicio educativo de nivel Licenciatura deben refrendarlo cada seis años; los particulares que cuentan con RVOE del tipo Superior, nivel Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado, Especialidad, Maestría y Doctorado, deberán refrendarlo cada tres años.



Recordó que desde el año 2006 están obligados todos los particulares que cuentan con RVOE, otorgado por la SEV, a solicitar el refrendo cada 3 años, por lo que ahora según el nivel el plazo para hacerlo se actualizó.

El incumplimiento de esa obligación implica una multa hasta por el equivalente a 5 mil veces el salario mínimo general vigente en el área geográfica y en la fecha en que se cometa la infracción; la revocación del RVOE; y demás acciones legales que procedan.

Cuando se incumpla con la obligación de refrendar el RVOE por dos o más trienios, la autoridad educativa estatal, por conducto de la Subsecretaría de Educación Básica, o la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior, ordenará el inicio del procedimiento administrativo con fines de retiro o revocación del acuerdo de incorporación de estudios, según corresponda, en coordinación con la Dirección para la Incorporación de Escuelas Particulares.



Los lineamientos también señalan que los particulares podrán suspender el servicio educativo hasta por tres ciclos escolares continuos, debiendo justificar dicha situación ante el nivel educativo, mediante aviso que presente en escrito libre, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de conclusión del ciclo escolar que corresponda.

Para el caso de exceder de los tres ciclos escolares continuos sin justificar, la autoridad educativa efectuará el procedimiento administrativo correspondiente.

Entre los requisitos para refrendar o solicitar el RVOE se pide Constancia de Uso de Suelo, Constancia de Protección Civil; Constancia de Seguridad Estructural y documento que acredite la ocupación legal del inmueble.



El funcionario resaltó que la SEV es competente para otorgar, negar, revocar o retirar la autorización de estudios o el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) a los particulares que prestan o pretenden prestar el servicio educativo, según corresponda, de cualquier tipo, nivel y modalidad educativa.

Agregó que la autoridad educativa, informará a través de un comunicado el periodo, los plazos y términos en que los particulares deban solicitar el refrendo de cada acuerdo de Autorización de Estudios o RVOE, otorgado por la SEV.