La presidenta Claudia Sheinbaum confirmó que se hará una denuncia ante el Consejo de la Judicatura para que revisen la actuación de los jueces de distrito que están contraviniendo la Constitución al otorgar amparos en contra de la Reforma Judicial.
La presidenta criticó la actuación por Nancy Juárez Salas, jueza del Juzgado Décimo Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz, tras conceder una suspensión definitiva en el proceso judicial que impugna dicha reforma.
“Nancy Juárez de Veracruz, de Coatzacoalcos Veracruz, ordena bajar la publicación del Diario Oficial de la Federación de la reforma al Poder Judicial y ahí dice que si no se hace eso se dará vista al Ministerio Público y que el delito para la Presidenta, porque es dentro de un juicio de amparo, son 9 a no sé cuántos años de cárcel”, criticó Sheinbaum.
La mandataria federal opinó que la jueza en Veracruz no tiene ninguna atribución para solicitar que se quite del Diario Oficial de la Federación esta publicación, tal y como lo explicaron sus colaboradores durante la conferencia matutina de este viernes.
“No tiene atribución porque una jueza no está por encima del pueblo de México y segundo, porque jurídicamente no tiene ningún sustento lo que está haciendo y tercero porque es el Poder Legislativo quien ordena al Presidente, el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, la publicación en el Diario Oficial de la Federación. No vamos a bajar la publicación y vamos a hacer una denuncia de esta juez ante el Consejo de la Judicatura”, anunció.
Sheinbaum dijo que si bien el Consejo de la Judicatura no está cumpliendo con su trabajo, se buscará generar un antecedente de que una jueza por encima de su función está pidiendo que se baje una publicación que se hizo a partir de un proceso legislativo de cambio constitucional que “deriva de la voluntad del pueblo de México expresada el 2 de junio de este 2024”.
Al respecto, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy, expuso que la Constitución puede ser adicionada o reformada por el Congreso de la Unión, con la aprobación de 2 terceras partes de sus integrantes así como de la mayoría de los Congresos.
“Hay una serie de argumentos jurídicos por los cuales es totalmente improcedente lo que están ordenando los jueces (…); es una facultad soberana del Constituyente Permanente exenta de revisión judicial”, subrayó Ernestina Godoy.
Añadió que en el Sistema Jurídico no existe una disposición constitucional o legal que proteja al Poder Judicial de la Federación, o cualquier otro ente, para cuestionar, revisar o anular la labor del órgano revisor de la Constitución, pues por el contrario la normatividad prevé expresamente la improcedencia del juicio constitucional en contra de adiciones o reformas a la Constitución.
“Un juzgador, por lo tanto, no se puede auto facultar para someter a revisión jurisdiccional una reforma constitucional, porque más allá de sus atribuciones expresas implicaría ponerse por encima del órgano revisor erigiéndose en la máxima autoridad del Estado mexicano y desconociendo el postulado del Constituyente originario según el cual la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo y no en un juzgador de Distrito”.
Añadió que los jueces, como peritos en Derecho, saben que existen múltiples precedentes y criterios, incluyendo jurisprudencia, en los que se niega la posibilidad de que se revise una reforma constitucional, pues es claro que no es susceptible de control jurisdiccional una reforma constitucional.
“Hay un claro conflicto de interés, por si lo fuera suficiente, que están desobedeciendo a la propia Constitución. Es obvio el conflicto de interés que tienen, es un caso sin precedentes, se hará hasta donde la presidenta ha informado, una denuncia ante el Consejo de la Judicatura para que revisen la actuación de los jueces de distrito que están contraviniendo la Constitución, sus propios criterios, sus propias jurisprudencias”, agregó Godoy.
Finalmente, Arturo Zaldívar, ministro en retiro y expresidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como actual coordinador de Política y Gobierno, agregó que las suspensiones son contrarias a Derecho, pues existe una disposición en la Ley de Amparo que establece que el amparo no procede en contra de reformas constitucionales.
Indicó que tampoco procede la suspensión en contra de los procesos legislativos, ni en los procesos de reforma constitucional, además de que una suspensión no puede tener un efecto restitutivo que invalide la publicación en el Diario Oficial, lo que jurídicamente es imposible.
Además el Ministro en retiro criticó que se busque darle efectos generales a las suspensiones, lo que también está prohibido, pretendiendo además que las suspensiones tengan un efecto en procesos y procedimientos electorales, lo que también está prohibido. “La Constitución y las leyes también obligan al Poder Judicial Federal. Es un poder constituido que no está exento de actuar en el ámbito de sus competencias”, añadió Arturo Zaldívar.