La Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas (SIOP) deberá si así lo solicita un particular, poner a su disposición los contratos de obra pública que se encuentran en proceso de rescisión, ordenó el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI).
En caso de que el particular lo solicite a la SIOP y ésta no cumpla, deberá notificar al IVAI para que emita la amonestación o sanción correspondiente.
Lo anterior se estableció, luego de resolver el IVAI-REV/526/2014/1 interpuesto por un particular que solicitaba los contratos rescindidos por esa Secretaría en los años de 2011, 2012 y 2013.
En la contestación de la SIOP, se informa que durante esos años no hay contratos rescindidos por obra pública, pero se agrega posteriormente que sí hay procedimientos de rescisión de contratos en trámite.
Sin embargo, el solicitante se inconformó puesto que el titular de la SIOP en comparecencia dijo que ya había rescisión de contratos e incluso el pago de fianzas.
“En el recurso de revisión, en alcance, la SIOP agrega en detalle una versión pública de estos 245 procedimientos que hay abiertos en proceso de rescisión de contratos de obra pública, y en donde se hacen efectivas ya algunas fianzas”, detalló la consejera Yolli García en su ponencia.
Los consejeros aprobaron que la respuesta otorgada por la SIOP es la correcta porque no había contratos rescindidos en el momento, además el sujeto obligado agregó información no solicitada; finalmente los consejeros no aprobaron una sanción para la dependencia como solicitó el particular.
En entrevista posterior, la consejera Yolli García detalló que en la información la Secretaría contestó que de agosto 2013 al 27 de noviembre 2013 sumaban 128 procesos de rescisión de contratos y 86 procesos de terminación anticipada, actualizado en febrero de 2014.
Y si estas cifras no corresponden con el informe que ha rendido el titular de la dependencia, explicó Yolli García, no se puede conocer puesto que el informe no forma parte del expediente analizado.
“Lo que es información pública que ponemos a disposición son contratos de obra pública, lo que es información reservada son los procedimientos. Si no hay vulneración a bien jurídico incluso podrían hacerse públicos”, aclaró.
Durante la sesión, los recursos 423 del consejero Fernando Aguilera de Hombre y el 526 de la consejera Yolli García coincidían en las peticiones.
“No se ordena omitir, la SIOP dio información no pedida, contratos sujetos a procedimientos. Cuando da la relación de asuntos en trámite, omite los nombres porque el solicitante no lo pidió”, aclaró el consejero Aguilera de Hombre.
Las multas por no proporcionar información pública van de los 50 a 500 salarios mínimos, pero con independencia de la multa la dependencia se puede hacer acreedora a una denuncia por incumplimiento de un deber legal.