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Sección: Estado de Veracruz

Solicitan al Congreso la separación del cargo de la Alcaldesa de Sayula de Alemán

- En oficio 136/PDTA-SAY/2022 ediles argumentan que faltó a 3 sesiones de Cabildo sin justificación

- La solicitud será atendida por la Comisión Permanente de Gobernación

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 26/08/2022

alcalorpolitico.com


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Ediles del Ayuntamiento de Sayula de Alemán solicitaron al Congreso del Estado la separación de Lorena Sánchez Vargas de la Presidencia Municipal y se nombre al síndico Bartolo Grajales Lagunes, como alcalde propietario.

Mediante el Oficio 136/PDTA-SAY/2022, los ediles comunicaron a los diputados locales que la alcaldesa no ha asistido a tres sesiones de Cabildo y no ha enviado escritos para justificar su ausencia.

Por ello, remitieron la propuesta de que el síndico, Bartolo Grajales Lagunes sea nombrado presidente municipal propietario, y que el Regidor segundo, Abimael Marino de los Santos, ocupe la titularidad de la Sindicatura.



Aunque la Ley Orgánica del municipio Libre señala que, en caso de ausencia de algunos de los ediles sin causa justificada por más de 60 días, se deberá llamar al suplente y no designar a quien proponga el Cabildo.

La referida Ley señala que cuando alguno de los ediles, sin causa justificada calificada por el Cabildo, falte a sus sesiones por tres veces dentro del plazo de tres meses o deje de desempeñar las atribuciones propias de su cargo, se deberá comunicar al Congreso del Estado.

Sólo en las faltas temporales de los ediles propietarios, que no excedan de 60 días, el Cabildo podrá acordar que, según sea el caso, al Presidente Municipal lo supla el Síndico y al Síndico, el Regidor que designe el Cabildo.



Cuando se exceda el plazo de los 60 días o se trate de una falta definitiva, corresponderá al Congreso del Estado o a la Diputación Permanente autorizar la separación y llamar al suplente.

En estos casos, si debiere llamarse al suplente y faltare también éste, el Congreso del Estado o la Diputación Permanente designarán, de entre los demás ediles, a quien deberá ejercer el cargo temporalmente o para concluir el período constitucional.

Las ausencias de los Regidores no se suplirán, si existe el número suficiente de ediles, para que los actos del Ayuntamiento sean válidos, de lo contrario, se informará al Congreso del Estado para que éste o la Diputación Permanente en su caso, llame al suplente respectivo.



La solicitud de los ediles del Ayuntamiento de Sayula de Alemán será atendida por la Comisión Permanente de Gobernación.