Tras un análisis institucional y una evaluación de experiencias operativas recientes, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Veracruz identificó la imperante necesidad de fortalecer la actuación policial para la atención de casos por violencia por razón de género contra las mujeres.
Por ello, el titular de la dependencia, Alfonso Reyes Garcés renovó el “Protocolo de Actuación Policial para la Atención a Casos de Violencia por Razones de Género contra las Mujeres”.
Dicha actualización, dijo, es esencial para consolidar una actuación profesional, ética, eficiente coordinada, sensible, respetuosa de los derechos humanos y con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, que permita atender con debida diligencia cada caso, reduciendo los márgenes de discrecionalidad, estandarizando procedimientos y asegurando el cumplimiento de las obligaciones legales del Estado mexicano en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género, y que garanticen una intervención profesional, ética y con perspectiva de género, “lo cual resulta fundamental para contribuir a la erradicación de la violencia contra las mujeres y para prevenir omisiones o actuaciones que puedan derivar en responsabilidades administrativas, civiles o penales”.
El protocolo señala que la actuación policial en casos de violencia de género será prioritaria dados los efectos que suelen generar desde secuelas físicas o psicológicas hasta la muerte de la víctima; asimismo, esta acción privilegiará en todo momento la protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes en situación de violencia.
Se consideran prioritarios los siguientes grupos: mujeres indígenas o afromexicanas; personas migrantes, refugiadas o solicitantes de asilo; mujeres con discapacidad; mujeres con VIH o enfermedades crónicas; personas con orientación sexual o identidad de género diversa; mujeres adultas mayores; mujeres en situación de calle; niñas y adolescentes.
Una vez detectado e identificado un caso de violencia por razones de género, la entrevista policial constituye un paso clave para documentar adecuadamente los hechos. Por ello, el personal Primer Respondiente deberá recabar la información de manera clara y precisa, a fin de garantizar una intervención oportuna y permitir el seguimiento institucional correspondiente.
Recibida la denuncia, el Primer Respondiente deberá informar de inmediato, por cualquier medio de comunicación disponible, a su superior jerárquico y al Ministerio Público y/o Fiscalía, a fin de que se coordine la investigación correspondiente, privilegiando en todo momento la seguridad de la víctima.
Se podrá detener a una persona sin orden judicial en caso de flagrancia, conforme a lo que establece la legislación aplicable.
Para el caso que la víctima sea menor de edad y quien ejerza la tutoría no se encuentre en el lugar de intervención, deberá solicitar el apoyo de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, para brindar la atención integral.
Para la SSP es fundamental el desarrollo de programas, protocolos y otras tareas administrativas, que complementen la correcta aplicación del marco jurídico y con ello reforzar la intervención y vinculación institucional para erradicar toda forma de violencia contra las mujeres.