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Sección: Estado de Veracruz

Suprema Corte intervendría para que se legisle sobre aborto en Veracruz

- Atrajo asunto para analizar amparo por posible omisión de pasado Congreso local al no atender este tema

- Pese a Alerta de Género, Legislatura se negó a modificar Código Penal

- Ahora ministros determinarán si pueden obligar a los diputados locales a legislar en ese sentido

José Topete Xalapa, Ver. 20/06/2019

alcalorpolitico.com

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo un asunto que analizará un amparo contra posible omisión legislativa en Veracruz por no modificar artículos para permitir la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).

De dicho amparo se determinará si los ministros pueden obligar a los diputados a legislar en ese sentido.

Cabe señalar que la pasada LXIV Legislatura, con mayoría panista, se negó a modificar el Código Penal para permitir el aborto legal.

Y es que en 2017, diputados de MORENA impulsaron una propuesta para permitir el aborto hasta las 12 semanas de gestación en la entidad. Sin embargo, el dictamen fue rechazado en comisiones y se presentó ante el pleno como improcedente, siendo avalado por la mayoría.

Los panistas justificaron que la iniciativa para cambiar el Código Penal no era viable, pues primero se debía cambiar la Constitución local que protege la vida desde la concepción y después adecuar las leyes secundarias.

Ante dicha negativa, grupos feministas tramitaron el amparo 1191/2017 ante la justicia federal y tras conseguirlo la autoridad jurisdiccional ordenó a los legisladores discutir la despenalización del aborto.

Sin embargo, la Junta de Coordinación Política, a cargo de Sergio Hernández, presentó un recurso de impugnación y llevó este asunto a tribunales con el objetivo de que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que determine la obligación del Congreso de legislar o no en torno a la ILE.

Ahora la SCJN informó que atrajo un asunto que analizará un amparo contra la posible omisión legislativa por no modificar artículos para permitir la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en Veracruz; de dicha determinación se revisará si los ministros pueden obligar a los diputados a legislar en ese sentido.

Previo a la negativa de la LXIV Legislatura la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM) había emitido una recomendación para permitir la ILE hasta las 12 semanas de gestación.

Al no cumplirse, se emitió la Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado a la entidad, que ya contaba una por violencia feminicida en 11 municipios.

Este jueves el máximo tribunal del país señaló que se revisará si a partir de estas omisiones se puede generar una obligación “a cargo del Congreso del Estado para legislar en un determinado sentido”.

“La omisión reclamada en el juicio de amparo deriva del incumplimiento por parte de la legislatura local de las recomendaciones formuladas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres las cuales posteriormente darían lugar a la emisión de una declaratoria de alerta de violencia de género por Agravio Comparado”.

La Primera Sala de la SCJN determinó conocer de dicho asunto al considerar que su análisis y revisión permitirá reflexionar sobre el entendimiento de las omisiones legislativas como actos susceptibles de ser reclamados en el juicio de amparo.

“Pero ahora desde un enfoque de derechos humanos y específicamente con perspectiva de género que busca garantizar a las mujeres el pleno goce y disfrute de sus derechos sexuales reproductivos y de salud”.

Mediante un comunicado la SCJN determinó que el estudio abre la posibilidad de analizar la naturaleza y fuerza normativa de las declaratorias de Alerta de Género emitidas por la CONAVIM como fuente para dirigir la conducta de las autoridades.

“Y generar obligaciones estatales específicas en materia de Derechos Humanos, en lo particular, analizarse a partir de ellas puede generarse una obligación a cargo del congreso del estado para legislar en un determinado sentido”, indicó.