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Sección: Estado de Veracruz

Taxis de Veracruz podrán servir hasta 10 años, aprueban diputados

- Congreso extiende vida útil de unidades si tienen condiciones “idóneas”

- Con licencia de tipo “A” autoriza a su titular a conducir vehículos del transporte público y privado

José Topete Xalapa, Ver. 25/02/2021

alcalorpolitico.com

El Congreso del Estado suavizó los requisitos a los dueños de vehículos de transporte público de pasajeros en la submodalidad de taxis, por lo que las unidades con hasta 10 años de antigüedad podrán seguir prestando el servicio y además, los propietarios estarían libres de perder la concesión aunque no cuente con la verificación vehicular y el engomado correspondiente.

Lo anterior al aprobar por unanimidad de 41 votos las reformas a los artículos 54, 120, 134 fracción VII y la adición de la fracción XV al artículo 132 de la Ley Número 589 de Tránsito y Transporte de Veracruz.

Con los cambios avalados se extendió el periodo de ocho años a diez años de antigüedad de los taxis, siempre y cuando las condiciones físicas y mecánicas de las unidades sean idóneas para el traslado cómodo y seguro de pasajeros.



Además se estableció que no procederá la revocación de la concesión de que se trate, por no contar con la verificación vehicular y el engomado correspondiente, “siempre y cuando el engomado de la verificación vehicular no exceda de 6 meses de vigencia, de lo contrario será causal de revocación”.

En el dictamen de la Comisión Permanente de Transporte, Tránsito y Vialidad, se justifica la medida, señalando que no es que se tolere la falta de la verificación, sino que lo que se busca es evitar “emitir resoluciones de revocación de concesión, cuando por una omisión u olvido del concesionario, no acuda al centro de verificación vehicular en la fecha de verificación que le correspondía, no obstante que la misma se encuentre en buenas condiciones y se apta para aprobar la verificación”.

La reforma avalada por el pleno legislativo además estipula que los choferes que cuenten con la licencia de tipo “A” los autoriza a conducir vehículos de motor dedicados al servicio de transporte público de pasajeros y además, toda clase de vehículos de motor del servicio de transporte público de carga y particular.



También podrán manejar vehículos de motor del servicio particular, cuya capacidad no rebase las 3.5 toneladas.

Por otro lado, los diputados locales aprobaron que los propietarios de las concesiones de transporte público las perderían cuando se ponga en riesgo la integridad o salud de cualquier persona.