La Sala Regional Xalapa delTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF), confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEEV), referentes al registro de
Norma Rosas Sandoval, Moisés Ponce García y Eduardo Cid Juárezcomo candidatos a agentes municipales de la Agencia Vicente Guerrero de Río Blanco, Veracruz.
Lo anterior al resolver el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano 120 de este año, promovido por Pablo Román Dueñas Herrera y María del Carmen Suárez Nava.
Al desahogar el asunto los magistrados declararon como infundados los agravios expuestos por los promoventes, en donde señalan que el TEEV incurrió en una indebida valoración de las pruebas, ya que éstas no demostraban que los ciudadanos registrados cumplieran con el requisito de elegibilidad,consistente en contar con una residencia efectiva de tres años en el territorio de la congregación correspondiente, según argumentaron.
Se acreditó que las constancias de residencia presentadas por los citados candidatos fueron expedidas por autoridades legalmente facultadas aunado a que en las bases de la convocatoria no se exigió documento adicional alguno para acreditar dicho requisito.