Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Tiendas de conveniencia hacen su lucha para vender cigarros

La cadena “Yepas” promueve amparo contra Ley que prohíbe la exhibición de productos con tabaco

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 19/01/2023

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
La cadena de tiendas de conveniencia “Yepas” inició acciones legales de defensa contra la publicación del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, la cual prohíbe la exhibición de cigarros, cigarrillos y productos similares al público.

Con fecha 18 de enero, la empresa Super Smart de Veracruz S.A. de C.V., operadora de la marca Yepas, promovió el recurso de amparo 28/2023 ante el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz contra la Secretaría de Salud de Veracruz.

A detalle, la cadena de autoservicios impugnó la reforma, adición y derogación de diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicados en el Diario Oficial de la Federación de 16 de diciembre de 2022.



En específico, Yepas pidió invalidar las disposiciones contenidas en los artículos 1, 2, fracción VI bis, 2 fracción VI ter, 40 fracción IX, 40, fracción XII, 50 bis y el 4° transitorio del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.

Dichos preceptos prohíben la colocación de los productos de tabaco a través de estantes, mostradores, exhibidos, entre otros, al interior de los establecimientos y puntos venta.

En resumen, la empresa minorista pide que se le conceda la suspensión para el efecto de poder continuar con la publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta a través de cualquier medio de comunicación y difusión.



El Juzgado 3º de Distrito resolvió negar la suspensión provisional a Yepas contra la Ley de Control de Tabaco, dado que de lo contrario, se contravendrían disposiciones de orden público e interés social teniendo en cuenta el daño que puede ocasionar al público el consumo de productos elaborados con tabaco.

Además, el Juzgado evocó la tesis de jurisprudencia I.7o.A. J/44 de septiembre de 2008, en la que se negó cualquier suspensión derivada de la entonces Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal, al ser de interés colectivo su expedición.