Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Tribunal de Disciplina revisará posibles faltas de personal del Distrito Judicial de Papantla

- A través del Órgano de Investigación hará una visita extraordinaria

- Se indagará acerca de la mención de 2 procesos penales en páginas electrónicas

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 18/02/2026

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
Por la posible comisión de faltas administrativas por parte del personal adscrito al Distrito Judicial de Papantla, el Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de Veracruz llevará a cabo una visita extraordinaria.

El Pleno de magistrados autorizó al personal adscrito al Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas llevar a cabo la visita de inspección, a efecto de determinar la posible comisión de faltas administrativas por parte del personal adscrito a dicho Distrito Judicial, con relación con los procesos penales 46/2020 y 183/2025 de su índice y, en su caso, iniciar las investigaciones que resulten necesarias.

La posible comisión de faltas administrativas dentro de los expedientes mencionados por parte del personal adscrito a dicho Distrito Judicial, constituyen hechos notorios derivados de páginas web y/o electrónicas y que se han difundido a través de los medios de comunicación, tanto locales como regionales y donde se mencionan los procesos penales antes referidos.



La Ley Orgánica del Poder Judicial de Veracruz otorga competencia al Pleno del Tribunal para solicitar de oficio al Órgano de Investigación, el inicio de las investigaciones necesarias para determinar si se ha incurrido en responsabilidades administrativas por parte de servidores públicos adscritos a los Juzgados de la entidad.

Los magistrados fundamentaron que el Órgano de Investigación funge como autoridad investigadora en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y tiene la carga de la prueba para demostrar la veracidad sobre los hechos que demuestren la existencia de faltas administrativas cometidas por el personal jurisdiccional del Poder Judicial, así como la responsabilidad de aquellos a quienes se imputen las mismas.