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Sección: Estado de Veracruz

Tribunal Electoral ratifica asignación de diputaciones por la vía plurinominal

Se consideró inoperante impugnación de AVE que señalaba que elección de Cosoleacaque aún no está definida

Rafael Mel?ndez Ter?n Xalapa, Ver. 28/10/2016

alcalorpolitico.com

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ratificaron la validez de la elección y el cómputo final por la circunscripción electoral para la asignación de las diputaciones locales, por el principio de representación proporcional, en el pasado proceso electoral.

En sesión pública, resolvieron el recurso de inconformidad interpuesto por Esteban de Jesús Acosta Lagunes y el Partido Alternativa Veracruzana (AVE), en contra del acuerdo emitido por el Organismo Público Local Electoral (OPLE).



En el proyecto, se consideraron infundados e inoperantes los argumentos aducidos por los actores que manifiestan como agravio la indebida asignación de diputaciones por el citado principio, al estar pendiente de resolver por la Sala Superior de TEPJF la elección del distrito 26 con cabecera en Cosoleacaque.

Los magistrados consideraron que no les asiste la razón a los promoventes, dado que es evidente que el principio de certeza es de vital importancia en el desempeño de la función electoral a cargo del OPLE.

"Ya que a través de este principio se dota de facultades expresas a las autoridades electorales, de modo que todos los participantes, las reglas de actuación, conozcan las reglas y actuación de las autoridades electorales a las que están sujetas", se señaló.



Si bien es cierto la Sala Superior no se ha pronunciado en torno del expediente de la impugnación por el PRI y su otrora candidata, Carla Enríquez Merlín, la falta de una sentencia no obliga al responsable a que en dicha instancia se resuelva lo controvertido, determinó.



Esto debido a que, en materia electoral, la interposición de los medios de impugnación, constitucionales o legales, no produce efectos suspensivos sobre las resoluciones.

Se destaca que en el sistema jurídico electoral mexicano está vigente el principio respecto a que los actos electorales no están sujetos a condición suspensiva, esto en virtud de dar certeza a los procesos electorales.



Con ello, se confirmaron seis curules para los Partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), respectivamente; cinco para el Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA); dos para el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y uno para el Verde Ecologista de México (PVEM).