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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la ley

Una representación del Estado de Derecho

Salvador Martínez y Martínez Xalapa, Ver. 14/01/2026

alcalorpolitico.com

Un tema recurrente en la lista de temas que hemos abordado es el Estado de Derecho. Nos aproximamos al concepto a partir de la imagen de un tablero de ajedrez, en el cual se observa el jaque mate al rey por medio de un peón. En el acto recordamos la voz autocracia, cuyo significado usual es: “Forma de gobierno en la cual la voluntad de una persona es la suprema ley”.

Como una cosa lleva a la otra, en la memoria se actualizó el vocablo “autócrata” que, también usualmente quiere decir “Persona que ejerce por sí sola la autoridad suprema en un Estado”. Pues bien, en las antípodas del Estado autocrático, es decir, en lugar o posición radicalmente opuesta o contraria, se descubre el Estado de Derecho.

En un país en donde han prevalecido y prevalecen los reyezuelos (esto es, los autócratas), el siguiente precepto es un curioso ideal de justicia:



“El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal. (Constitución Política de México, artículo 41)”.

En el tablero nacional, un pueblo de peones, un pueblo de pobreza extrema (y que no pretendan distinguir pobreza de pobreza extrema con fines estadísticos, solamente para que el problema no parezca grave).

A los integrantes de este pueblo se les exige respeto a los poderes por medio de los cuales se asevera que ese pueblo ejerce la soberanía nacional. ¿Qué significa “respeto”? Su significado usual es: <<Veneración, acatamiento que se hace a alguien>>, <<Miramiento, consideración, deferencia>>, <<miedo>>. Pues bien, ¿Cómo no van a exigir respeto los autócratas? Ellos reclaman para sí ese respeto servil.



La palabra “respeto”, sin embargo, puede entenderse de otro modo: el respeto es un valor para seres libres. Siendo esto así, la sociedad de los hombres respetuosos no podría limitarse a la agrupación de temperamentos autoritarios rodeados de un conjunto de naturalezas temerosas. Si el respeto es puramente miedo, no es respetable.

El respeto servil es una carencia de libertad intelectual y moral. Es una cobardía que impide al hombre vivir de acuerdo con su conciencia y lo somete al poder o a la opinión. En la medida que se restrinja un rechazo del respeto servil, será adecuado considerar la falta de respeto. En el fondo de un Estado de Derecho se trata de respetar sin respeto servil.

El respeto auténtico es una de las formas de la unidad popular, mediante la cual debemos vincularnos cordialmente con las personas a cargo del bien público. Así, el respeto de la autoridad puede dejar de visualizarse ante todo en una dialéctica de oposición a la libertad irrespetuosa. Es la unidad del pueblo lo que limita la libertad, del mismo modo como debe limitar la autoridad. El despotismo del jefe orgulloso y brutal destruye esta forma de respeto y lo reemplaza por el servilismo del respeto humano, dejando únicamente lugar para el atropello, la huida o la rebelión.



El respeto que une al pueblo armoniza con la máxima de acuerdo con la cual la libertad no consiste en obedecer a los hombres sino a las leyes. Si la Constitución es democrática, el poder humano supremo reside en el pueblo como cuerpo y la concepción del respeto solidario significa que en primer lugar respetamos al pueblo, luego su autoridad y por último únicamente la ley en cuanto ha sido planteada por el poder del pueblo. Por lo demás, uno se respeta a sí mismo como miembro del soberano y como persona revestida de la dignidad cívica.

Por esto último, no puede pasar desapercibido que, al final, tras de los peones vencedores, queda en pie otro líder. Esto es, resta un liderazgo político de cualquier modo. Si se asume, asevera algún autor, que el liderazgo no es bueno ni malo en sí mismo, sino que es un medio cuya bondad o maldad está dada por sus objetivos, se tiene también que asumir que el fin del liderazgo político es la cuestión crucial para determinar si favorece o no la comunidad o el grupo al que el líder pertenece.

En general, el análisis del liderazgo político parte de la comprensión de las formas de dominación; Max Weber señala básicamente tres tipos de dominación legítima, a saber: la dominación legal, la dominación tradicional y la dominación carismática, siendo la primera y la tercera las más representativas en la realidad latinoamericana contemporánea.



La dominación legal se da en virtud de la existencia de un estatuto, que establece que la obediencia de los seguidores no es hacia el líder o persona que detenta formalmente el poder, sino hacia la regla estatuida. Más aún, es la misma regla la que establece a quién y en qué medida se debe obedecer, el líder a de obedecer el imperio de esa ley.

La dominación tradicional nace en virtud de la creencia en la santidad de los ordenamientos y poderes señoriales existente desde siempre. La dominación carismática se da en razón de la devoción que sienten los seguidores en relación con el líder, dadas sus características personales, casi siempre extraordinarias. Precisamente esa sujeción a la persona del caudillo hace que este tipo de dominación sea extremadamente inestable, al carecer de procedimientos ordenados para el nombramiento o sustitución del líder, al punto que las instituciones políticas no existen si no es en relación con la vigencia del caudillo y su carisma. Estos tipos puros sirven de orientación, pues así con su pureza no se presentan en la realidad histórica.

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