Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Va Derechos Humanos contra policías que violaron a menor de Rafael Lucio

- Tras supuesta riña en 2017, lo ingresaron a los separos, lo golpearon y sometieron a vejaciones, determina CEDH

- Emite organismo recomendación para la dependencia de Jaime Téllez Marié

Rafael Meléndez Terán Xalapa, Ver. 27/08/2018

alcalorpolitico.com

En Veracruz, los policías al mando de Jaime Téllez Marié no sólo desaparecen personas y cometen abusos, como se ha documentado en diversos sucesos, sino que han llegado al grado de cometer hechos calificados como violación sexual; tal como ocurrió con un menor oriundo del municipio de Rafael Lucio.

Por este caso, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió una recomendación en el mes de enero de este 2018, tras varios meses de investigaciones, con la finalidad de que se determinara responsabilidad en contra de los elementos que participaron en estos hechos, tras probar su calidad de “violatorio de la integridad física”.

De acuerdo con el expediente CEDH/2VG/DAM/0381/2017 que se puede encontrar en el apartado “Recomendaciones”, en el portal electrónico de la CEDH, presidida por Namiko Matzumoto Benítez, los eventos tuvieron lugar el 2 de abril del 2017, es decir, hace ya más de un año.



Cuatro días después, al presentar la queja, la madre del menor relató que éste salió ese día a comprar la cena e iba acompañado de un amigo, pero en el trayecto tuvo una supuesta riña con dos muchachos; por lo que minutos más tarde llegaron elementos de la Fuerza Civil, quienes lo golpearon, patearon y finalmente lo llevaron al módulo policial cercano.

Dos horas y media más tarde, a las 22:30 horas, lo liberaron y entregaron a su madre, haciéndole firmar un documento en el que se establecía que los golpes que traía el niño en el cuerpo serían derivados del altercado, o sea, se deslindaron de las múltiples lesiones infligidas al menor.

Minutos más tarde, la víctima le contó la traumática historia que vivió durante ese lapso de tiempo.



“Me dijo que en el módulo le pegaron, que le rompieron la nariz y le dijeron que lavara su playera y su cara; además, le metieron una manguera por el ano y me dijo que lo amenazaron, que por eso no quería que denunciara y como yo lo vi muy golpeado lo traje al CEM, donde le sacaron radiografías, pero no había fracturas y sólo le dieron pastillas para que se le quitara el dolor por lo de su ano, pero que esa situación era muy delicada porque le pudieron perforar el intestino. Me dijeron que iban mandar el certificado de lesiones a la Fiscalía, después fui a la Fiscalía en donde se inició la carpeta de investigación UIPJ/DXI/SF/*/***/2017”, contó la madre en representación del menor.

De acuerdo con la CEDH, “esta clase de lesiones no distinguen entre géneros ni sexos. Siempre que una persona sufre una invasión física en su cuerpo (anal, oral o vaginal) y que ésta tenga connotaciones sexuales se configura la violencia sexual”.

No obstante, la situación adquiere un especial nivel de gravedad cuando los actos de violencia son cometidos por agentes del Estado en contra de una persona privada de su libertad, tomando en consideración la vulnerabilidad de la víctima y el abuso de poder que despliega el servidor.



Lo anterior, se lee en el expediente en el que se acredita con el señalamiento directo del agraviado, al manifestar que los policías lo golpearon y en el baño le introdujeron una manguera por el ano. Además, toma mayor contundencia con la mencionada nota médica con fecha 3 del abril de 2017, elaborada por un médico, cuyas generales se mantienen en reserva, adscrito al Centro de Alta Especialidad “Dr. Rafael Lucio” de esta ciudad.

El escrito médico especifica: “(...) huella de sangrado en narinas, contusiones en espalda, dos heridas dérmicas lineales superficiales en región de espalda, contusiones en parrilla costal lado derecho, abdomen blando doloroso a la palpación de todos los cuadrantes, sin dato de irritación peritoneal, peristalsis lenta, exploración anal con laceración de mucosa del borde, un centímetro hacia dentro aproximadamente, sin sangrado activo, dolor en cara lateral externa de rodilla y tercio distal del muslo izquierdo con dolor a la flexión (...)”.



Además de lo anterior, los policías mintieron al señalar que los golpes recibidos por el menor fueron resultado de la supuesta trifulca; lo que también comprobó la CEDH al hacer verificaciones con los testigos, con las que se corroboró la versión dada por el afectado, quien aclaró que de los dos muchachos no recibió ni una sola lesión.

Al hacer el planteamiento de la emisión de la recomendación 01/2018, la CEDH apunta que de acuerdo con la Convención de Derechos de los Niños (CDN), la violencia puede causar consecuencias psicológicas y emocionales (sensaciones de rechazo y abandono, trastornos afectivos, trauma, temores, ansiedad, inseguridad y destrucción de la autoestima), problemas de salud mental (trastornos depresivos, de la memoria o intentos de suicidio), dificultades de aprendizaje y el desarrollo de comportamientos perjudiciales para la salud.

Correlativamente, la Ley General de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes del Estado de Veracruz tienen como principios rectores el interés superior de la niñez y el acceso a una vida libre de violencia, señalando que los Niños Niñas y Adolescentes (NNA), tienen derecho a una vida libre de violencia; así como a la integridad personal.



Por lo tanto, todas las autoridades en el ámbito de su competencia están obligadas a adoptar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que los NNA se vean afectados por el descuido, negligencia, abandono o abuso físico, psicológico o sexual.

En especial, el Artículo 19 de la CDN señala que los estados tomarán todas las medidas necesarias para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental. Análogamente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos afirma que el hecho de que las víctimas sean menores, obliga a la aplicación de un estándar más alto para la calificación de acciones que atenten contra su integridad personal.

Finalmente, la recomendación recayó en Jaime Téllez Marié, a quien se le exhortó a hacer las investigaciones necesarias para determinar la responsabilidad, que proporcione toda la información para integrar la carpeta de investigación abierta por la Fiscalía General del Estado (FGE), hacer los trámites para incorporar al menor al Registro Estatal de Víctimas y entregar los apoyos previstos para garantizar el derecho a la reparación integral del daño ocasionado al menor.