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Sección: Estado de Veracruz

Válida el TRIFE la elección de Tlacojalpan, pese a la quema de paquetería electoral

- Magistrados argumentan que al existir actas de escrutinio y cómputo no se puede anular la elección

- Sala Regional Xalapa valida elección de Ursulo Galván, Omealca, Soteapan, y regidurías en Tres Valles

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 19/09/2013

alcalorpolitico.com

Magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmaron los resultados de la elección del municipio de Tlacojalpan a favor de la Coalición Veracruz para Adelante, aún cuando en este municipio fue quemada paquetería electoral.

En el Juicio de Revisión Constitucional 210/2013 interpuesto por el Partido Movimiento Ciudadano, se buscaba revocar la elección y que se dictara la nulidad porque a juicio del actor, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV) no analizó correctamente que se haya quemado la paquetería electoral.

En el proyecto se propuso calificar infundados los agravios, ya que los magistrados consideraron que el TEEV si realizó la fundamentación y validación de pruebas.

En todo caso la destrucción de paquetes electorales no es causa para nulidad pues sí hay otros elementos para conocer los resultados de los comicios, ya que existen las actas de escrutinio y cómputo en manos de representantes de los Partidos, por tanto los magistrados confirmaron la sentencia impugnada.

En la sesión plenaria, los magistrados resolvieron el JRC 227/2013 promovido por el PRI, quien controvirtió la sentencia del TEEV en la que se confirmó elección de validez de la elección de Úrsulo Galván, Veracruz y el otorgamiento de constancia respectiva, sin embargo, no hubo cambios y se confirmó la validez de la elección.

En lo referente al JDC 676/2013 promovido por Rosa Reyes para impugnar resolución del TEEV del 30 de agosto de 2013, relacionada con la asignación de regidurías de representación proporcional en el municipio de Tres Valles, los magistrados calificaron como infundados los agravios expuestos por la actora.

Argumentaron que el TEEV se apegó en el articulo16 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y se calificaron inoperantes las manifestaciones expuestas.

En el JRC 196/2013 promovido por el PAN contra sentencia del TEEV en la que se confirmaron los resultados y declaración de validez en la elección municipal de Omealca a favor de la fórmula de candidatos de la Coalición Veracruz para Adelante los magistrados desestimaron las causales de improcedencia, así como infundados los planeamientos respecto a nulidad de una casilla que fue robada.

“Lo anterior porque esta se entregó dentro del plazo legal y aunque tuvo alteraciones esto no influyó en el resultado de la elección municipal, pues los datos eran idénticos a los que estaban en poder de las actas de representantes de partidos”.

Los magistrados señalaron que el TEEV sí analizó el material probatorio que le fue presentado.
E la sesión, desahogaron el JRC 211/2013 fue promovido por el PAN contra resolución del TEEV que confirma resultados y declaración de la validez de la elección en el municipio de Soteapan.

En el proyecto, el actor argumenta que debieron anularse votos a favor de PANAL y la Coalición Veracruz para Adelante, ya que el Partido no postuló candidatos, por tanto debió considerarse como integrante de la coalición.

No obstante, luego del análisis de pruebas resultó que si aparecen nombres de candidatos y están acreditados por la Coalición, por tanto la ponencia estimó infundados los agravios.

Asimismo en el JRC 211/2013 promovido por el PAN se buscaba controvertir la resolución del TEEV donde se confirma resultados en el acta de cómputo municipal y declaración de validez en el municipio de Soteapan, Veracruz.

De igual forma el Partido argumentó que no fueran válidos los votos para Nueva Alianza y la Coalición Veracruz para Adelante, ya que el Partido no tenía registrado candidato, pero, en el proyecto se señaló que en espacios correspondientes al PRI y al Partido Verde Ecologista de México aparecen nombres de candidatos para contender en elección de ediles y al estar acreditados como candidatos de la Coalición la ponencia estimó como infundado lo alegado por el actor.