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Sección: Estado de Veracruz

Xalapa será el primer Ayuntamiento que prohibirá cobro de estacionamiento a clientes en plazas

El pasado miércoles se publicaron en la Gaceta Oficial del Estado las adiciones y reformas a los distintos reglamentos municipales

Jos? Topete Xalapa, Ver. 21/01/2016

alcalorpolitico.com

El municipio de Xalapa se convertirá en el primero del Estado que oficialmente no permitirá el cobro de estacionamientos en plazas comerciales en donde los usuarios hayan comprado un producto o pagado por un servicio.

Lo anterior al publicarse un acuerdo en la Gaceta Oficial del Estado mediante el que se adicionan y reforman diversas disposiciones del reglamento de Desarrollo Urbano, del reglamento para el Desarrollo Económico y Turístico y del Bando de Policía y Gobierno del Ayuntamiento.

Al adicionar un último párrafo a la fracción IV del artículo 161 del Reglamento de Desarrollo Urbano del Municipio de Xalapa, se establece que el domingo de este fin de semana surtirá efecto el no cobro por este servicio.



“Tratándose de actividades comerciales, el uso de los cajones de estacionamiento a la que se refiere la presente fracción deberá ser gratuito y de libre acceso para los usuarios, a excepción del servicio proporcionado a aquellos usuarios que no adquieran bienes o servicios en el establecimiento comercial de que se trate”, expone el documento publicado en el número extraordinario de la Gaceta Oficial del Estado el pasado miércoles.

En caso de que el usuario del estacionamiento no compre o utilice un servicio, el artículo 63 establece que el establecimiento comercial de que se trate, en cuyo caso se podrá efectuar el cobro de una contraprestación, cuya tarifa será propuesta por la plaza o centro comercial.

Para lo anterior la tarifa debe de ser autorizada por el Ayuntamiento, tomando en consideración las características de las instalaciones, la zona económica, la oferta y la demanda del servicio, las tarifas fijadas en su caso por el Ejecutivo del Estado, el salario mínimo y las demás circunstancias que resulten relevantes para ello.



Igualmente se adiciona una fracción VI y se recorre en su orden la subsecuente, del artículo 56 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Xalapa, Veracruz para quedar como sigue:

“El incumplimiento a lo dispuesto por los artículos 161 del Reglamento del Desarrollo Urbano y 63 del Reglamento para el Desarrollo Económico y Turístico, ambos del municipio de Xalapa, respecto a la gratuidad en el uso de los cajones de estacionamiento por parte de los usuarios que realicen la compra de un producto o pago de un servicio en un establecimiento comercial, independientemente de las sanciones que corresponda establecer a la autoridad competente en términos de la Ley y Reglamento de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz”.