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Sección: Estado de Veracruz

Abel Cuevas, fallido extesorero boqueño, intentó invalidar sanción de Contraloría

Con amparo, buscaba retirar su nombre de la lista de Servidores Públicos sancionados por la dependencia

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 02/02/2022

alcalorpolitico.com


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El exoficial mayor de la Secretaría de Educación de Veracruz y extesorero de Boca del Río, Abel Ignacio Cuevas Melo, no consiguió retirar su nombre de la lista de Servidores Públicos sancionados por la Contraloría General del Estado.

Con fecha 1° de febrero de 2022, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito declaró sin materia el amparo en revisión 166/2021 promovido por Cuevas Melo contra actos del Juzgado Primero de Distrito en el Estado y del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Veracruz (TEJAV).

A detalle, el exservidor solicitó al TEJAV que no se inscribiera su nombre en el libro de Servidores Públicos Sancionados de la Dirección General de Transparencia, Anticorrupción y Función Pública de la Contraloría General del Estado.



Y es que Cuevas Melo argumentó una violación a sus derechos protegidos en los artículos 5, 14, 16 y 17 de la Constitución; al tiempo que señaló que no hubo resolución definitiva que justificase la sanción a su persona.

En respuesta, la Directora Jurídica de la Contraloría General del Estado de Veracruz advirtió que la sanción contra Cuevas Melo se impuso desde el “yunismo”, esto es, desde el 8 de enero de 2018 y que el exfuncionario amonestado no promovió recurso de apelación contra esta medida.

Fue que el exoficial mayor acudió al Juzgado Primero de Distrito para promover juicio de amparo indirecto y en respuesta, la jueza 1ª, Karina Juárez Benavides, determinó que los alegatos de Abel Ignacio Cuevas Melo son inoperantes, negándole por consiguiente la protección de la justicia.



Por esta razón, Cuevas Melo recurrió al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito para promover el amparo en revisión 166/2021 contra el Juzgado 1º de Distrito; siendo turnado a la ponencia del magistrado Alfonso Ortiz López.

Sin embargo, el pasado 1° de febrero, el Colegiado determinó la inexistencia de materia por juzgar en dicho amparo, por lo tanto validó la sentencia de la Jueza Juárez Benavides.

Con lo anterior, quedó en firme la resolución del TEJAV y de la Contraloría General del Estado en cuanto a sancionar a Cuevas Melo.