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Sección: Estado de Veracruz

Alcaldesas de Nanchital y Tlacojalpan usaron niños en propaganda; serían sancionadas

- Zoila Balderas y Clara Luz Domínguez habrían “puesto en riesgo tanto su identidad como intimidad”: OPLE

- Se dará vista a IVAI por posible infracción

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 04/02/2021

alcalorpolitico.com

El Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz dará vista al Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) por el uso de menores de edad en propagandas gubernamentales por parte de las alcaldesas de Nanchital, Zoila Balderas Guzmán y de Tlacojalpan, Clara Luz Domínguez Vargas.

Al resolver la adopción de medidas cautelares solicitadas por el Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), la Comisión de Quejas y Denuncias determinó informar al órgano garante sobre ambos casos, ya que pudiera vulnerar los derechos humanos de los niños y niñas que allí aparecen.

“Se determina por UNANIMIDAD DAR VISTA al Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para efectos de que, de acuerdo con sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda respecto de la publicación denunciada en donde se advierte la presencia de menores”, refieren las resoluciones cautelares.

Y es que el pasado 19 y 20 de enero, el representante morenista ante el Consejo General del OPLE, David Agustín Jiménez Rojas, presentó una denuncia en contra de Balderas Guzmán y Domínguez Vargas, acusándolas, en el caso de la primera, de “diversas infracciones en materia electoral, tras promocionarse de manera indebida y desmesurada a través de sus portales personales e institucionales del H. Ayuntamiento de Nanchital, en la red social Facebook, lo que podría constituirse en actos de promoción personalizada” y en el caso de la segunda, a través de esta red social.

Adicionalmente, sostuvo que con ello las ediles incurrieron en violaciones a los criterios de imparcialidad, equidad y neutralidad en el manejo de los recursos públicos que reciben los municipios que gobiernan.

Al analizar los alegatos presentados por Jiménez Rojas, los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias los declararon improcedentes, ya que no se pudieron comprobar tales acusaciones; salvo la presencia de menores de edad que quedó acreditada en las imágenes que publicitaron en las cuentas de Facebook.

De allí que resolvieron por unanimidad remitir lo ocurrido al IVAI, alegándose que forma preliminar el contenido visual no constituye propaganda política o electoral dirigida a influir en las preferencias electorales, por lo que el OPLE carece de competencia para conocer de la posible infracción respecto del interés superior de la niñez.

“En los enlaces electrónicos analizados se advierte la imagen de diversas niñas y niños que pueden ser identificados plenamente, aspecto que eventualmente pudiera poner en riesgo tanto su identidad como intimidad”, precisaron.

Además, enfatizaron que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en sus artículos 77, y 79, que quienes conforma ese grupo vulnerable tienen derecho a la intimidad personal y familiar y a la protección de sus datos personales.

Los consejeros electorales estipularon en la resolución administrativa que los actores políticos deben ajustar sus actos de propaganda político-electoral, mensajes electorales y actos proselitistas en los que aparezcan personas menores de edad, a las directrices establecidas en la normativa electoral.

“A fin de garantizar la protección de sus derechos humanos, sin importar el medio a través del cual se materialice la conducta, como pueden ser spots de radio y televisión, mensajes de redes sociales, medios impresos o cualquier uso de los medios de los comunicación”, añadieron.