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Sección: Estado de Veracruz

Anula el TEPJF la alianza PAN-PRD, bajo criterios jurídicos distintos a los del TEEV

- Magistradas de la Sala Regional Xalapa, encuentran deficiente la base de la “Gran alianza por ti”

- El PRD tiene 48 horas para convocar y reunir al Consejo estatal; le indican a detalle lo que debe hacer

- La sesión fue pública, pero la Sala Regional no avisó para evitar arribo de manifestantes

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 01/03/2013

alcalorpolitico.com


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La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por mayoría de votos, dejó sin efecto la alianza PAN-PRD “Gran alianza por ti” para los comicios electorales de este 2013 y ordenó un nuevo y urgente proceso.

En el aviso de la sesión pública en el portal del TEPJF se informó que debido a la “urgencia” de resolver los expedientes se citaba a sesión a las 14:00 horas de este viernes 1 de marzo; sin embargo, no se envió invitación a los medios de comunicación como se hace regularmente.

Y es que había amenazas de manifestaciones por parte de perredistas y panistas en este edificio ubicado en la zona de Las Ánimas como en su momento se hiciera en el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV).

Cabe destacar que este 7 de marzo luego de que el Senado de la República aprobara por unanimidad el nombramiento de los magistrados de las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se designó a los nuevos magistrados de esta Sala Xalapa: Adín Antonio de León Gálvez, Octavio Ramos Ramos y Juan Manuel Sánchez Macías.

Aún al mediodía de este 1 de marzo era incierto si las magistradas dejarían concluido este asunto o le pasarían la estafeta a los nuevos responsables.

En la sesión se presentó el proyecto a cargo de la magistrada Yolli García Álvarez, donde se presenta la resolución del JDC/17/2013 y acumulados, así como la resolución del JDC/09/2013, y acumulados, ambas relacionadas con el acuerdo que aprobó la coalición total entre el Partido de la Revolución Democrática y el Partido Acción Nacional para el proceso electoral 2013 en el estado de Veracruz.

Se aprobó por mayoría de votos revocar el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, por el que resuelve sobre las solicitudes de registro del convenio de coalición total “Gran alianza por ti”, el cual fue revocado de igual forma por el TEEV el pasado 18 de febrero; la magistrada Claudia Pastor no estuvo de acuerdo con el fallo.

Proceso que debe seguir el Partido de la Revolución Democrática

Las magistradas ordenaron toda vez que es un hecho notorio que a la fecha se encuentra integrado el Consejo Político Estatal, debe permitirse al Partido de la Revolución Democrática que, conforme a sus procedimientos internos, determine la aprobación en su caso de una coalición con el Partido Acción Nacional, como originalmente fue solicitado al Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano.

“Lo anterior debe realizarse en la mayor brevedad, dado lo avanzado de la etapa de preparación del proceso electoral. En consecuencia, los órganos responsables de aprobar esta política de alianzas, deberán realizar los siguientes actos:

1. El Partido de la Revolución Democrática deberá convocar, de forma urgente, a sesión extraordinaria del Consejo Político Estatal de dicho partido en el estado de Veracruz, a fin de que trate, como único punto a discusión, la política de coalición con el Partido Acción Nacional, entidad con la cual pretendió suscribir la denominada “Gran alianza por ti”.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 del Estatuto, la convocatoria respectiva debe ser expedida dentro de las siguientes veinticuatro horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, para que en el plazo de las cuarenta y ocho horas siguientes, se reúna el pleno extraordinario para tratar el asunto como de urgente resolución.

2. Concluido el plazo y en el caso de ser aprobada la coalición, dentro de las veinticuatro horas siguientes, se deberá convocar de igual forma, de manera extraordinaria, a la Comisión Política Nacional, para que dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, determine en su caso aprobar o no la política de coalición que le sea remitida por el Consejo Político Estatal de Veracruz.

3. De aprobarse la coalición, la Comisión Política Nacional, dentro de las veinticuatro horas siguientes, deberá solicitar el registro de la misma, ante el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano.

4. En su caso, la solicitud de coalición, el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano deberá revisar la legalidad de la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Código Electoral local.

En este punto, el resolutivo especifica paso a paso las características que debe presentar el convenio de coalición ante el IEV, del que su Consejo General de conformidad con el artículo 100 del Código Electoral local, deberá resolver, de manera fundada y motivada, en un plazo máximo de tres días siguientes a su presentación, la procedencia del registro de la coalición.

También se informa que con independencia de si se aprueba o no la coalición, el Instituto Electoral Veracruzano deberá permitir el registro de los precandidatos y determinar el inicio del periodo correspondiente de precampañas.

“En el supuesto que el Consejo Político Estatal determinara no aprobar la celebración de coalición alguna, a más tardar el cuatro de marzo del presente año los partidos políticos de la Revolución Democrática y Acción Nacional tendrán un plazo de cinco días contados a partir de dicha fecha, para que procedan a efectuar los procedimientos antes mencionados, a fin de que no se afecte el periodo establecido para las precampañas, a concluir el cuarto domingo del mes de abril”.

Voto particular de la magistrada Claudia Pastor

Luego de una completa justificación donde manifestó que no estaba de acuerdo con el fallo, la magistrada Claudia Pastor pronunció “considero que el efecto debe declarar válido el acuerdo del Instituto Electoral Veracruzano que aprobó el registro de la coalición “Gran alianza por ti”, porque la votación obtenida en la sesión de la comisión política nacional del Partido de la Revolución Democrática cumplía con el porcentaje de aprobación requerido por el precepto citado”.

“En consecuencia, estoy a favor de los resolutivos primero y segundo del proyecto propuesto, y en contra de los resolutivos tercero y cuarto, por las consideraciones expresadas, ya que en este caso, los efectos deben ser distintos. Insisto en el sentido de declarar válido el acuerdo del Instituto Electoral Veracruzano que aprobó el registro de la referida coalición”, concluyó.