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Sección: Estado de Veracruz

Aplican al personal del Poder Judicial Código de Ética: rectitud y no corrupción

- Contraloría Interna emitió nuevo Código; es de observancia obligatoria a partir de este miércoles

- Presidenta del Tribunal Superior de Justicia designará a titular de Comité de Ética

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 21/09/2022

alcalorpolitico.com


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La Contraloría Interna del Poder Judicial de Veracruz emitió un nuevo Código de Ética que es de observancia obligatoria para todos los empleados, ya que busca lograr un servicio público de excelencia y consolidar la confianza de las y los justiciables.

Este miércoles entró en vigor dicho Código que habrá de generar un ambiente ético de pertenencia y responsabilidad institucional entre los servidores públicos, en correspondencia a los contenidos y mecanismos de los Sistemas Nacional y Estatal Anticorrupción.

Por ello, a partir de hoy, los servidores públicos deben conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros.



Deberán actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.

Además, no buscarán ni aceptarán compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, porque ello compromete sus funciones, que deben ejercerse con un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

El personal que participe en contrataciones públicas o en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, debe conducirse con apego a los principios de legalidad, economía, objetividad e imparcialidad.



Y no deben establecer condiciones en las invitaciones o convocatorias que representen ventajas o den un trato diferenciado a los licitantes; y no favorecer a los licitantes teniendo por satisfechos los requisitos o reglas previstos en las invitaciones o convocatorias cuando no lo están.

Tampoco deben validar como cumplidos los requisitos previstos en las solicitudes de cotización para beneficiar a los proveedores; ni seleccionar, designar, contratar, y en su caso, remover o rescindir del contrato, siendo parcial en los procedimientos de contratación.

Tienen prohibido beneficiarse directamente o a través de familiares hasta el cuarto grado, de contratos relacionados con el Poder Judicial del Estado de Veracruz.



Para hacer posible un servicio público íntegro deben detectar áreas sensibles o vulnerables a la corrupción, apoyándose en los análisis de riesgo y en los resultados de las evaluaciones y recomendaciones que hagan los entes fiscalizadores.

Proponer y, en su caso, adoptar cambios a las estructuras y procesos a fin de inhibir ineficiencias; corrupción y conductas antiéticas; y fortalecer acciones de reconocimiento a las y los servidores públicos que se destaquen por el debido cumplimiento y práctica cotidiana de principio y valores en el desempeño de sus labores, principalmente.

Conformarán Comité de Ética; titular será designada por la Presidenta del TSJ



El nuevo Código de Ética del Poder Judicial de Veracruz obliga la conformación de un Comité de Ética que vigilará y evaluará el cumplimiento del Código de Ética, el Código de Conducta y las Reglas de Integridad.

Oscar López Herrera, Contralor Interino del Poder Judicial, dijo que este viernes, o a más tardar el próximo lunes, la persona titular de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura, en este caso la magistrada Isabel Inés Romero Cruz, deberá designar a la persona que ocupará la Presidencia del Comité de Ética.

Una vez que se constituya la Presidencia del Comité de Ética, ésta deberá designar a una persona para que ostente la titularidad de la Secretaría del Comité.



Asimismo, el Consejo de la Judicatura, a través del Comité de Ética y la Contraloría Interna, emitirá el Código de Conducta para los servidores públicos en un plazo de 60 días naturales contados a partir de este miércoles.

El Comité de Ética estará conformado por seis integrantes: Presidente, Secretario y cuatro Vocales, que serán los titulares de la Contraloría, Dirección de Asuntos Jurídicos, la Unidad de Género y la Unidad de Transparencia.

Cuando por naturaleza del asunto a analizarse en el Comité de Ética se requiera de expertos, la Presidencia podrá autorizar la participación de invitados que tendrán voz pero no voto.



El Comité de Ética en coordinación con los órganos administrativos competentes del Consejo de la Judicatura, llevará a cabo acciones, a fin de promover que en el programa de Capacitación Anual se incluyan cursos de sensibilización y capacitación permanentes para todos los servidores públicos, con la finalidad de que conozcan y hagan propio el Código de Ética y las Reglas de Integridad; así como la capacitación en temas relacionados con la prevención de la corrupción; los cuales serán evaluados para verificar su aprovechamiento.

Entre las atribuciones y obligaciones del Comité de Ética figuran las de recibir y tramitar las denuncias por presuntas vulneraciones al Código de Ética y Código de Conducta.

Emitir recomendaciones y observaciones a las unidades administrativas del Poder Judicial, derivadas del conocimiento de denuncias por presuntas vulneraciones a ambos Códigos.



Dar vista a la Contraloría por probables faltas administrativas derivadas de las denuncias de su conocimiento; y dar seguimiento a las recomendaciones emitidas, en los términos de los presentes Lineamientos, a través de la persona que ocupe la Presidencia.

Así como la de elaborar y presentar su programa Anual de Trabajo durante el primer trimestre de cada año; presentar durante enero de cada año, su Informe Anual de Actividades; y proponer la elaboración, y en su caso, la actualización del Código de Conducta del Poder Judicial.