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Sección: Estado de Veracruz

Aprueba CEAV la primera reparación del daño a víctima de violaciones a sus derechos humanos

- Fue detenido de manera arbitraria por autoridades federales y obligado a confesar que pertenecía a una organización criminal

- Deberán compensarlo con 805 mil, 582.65 pesos, por el daño moral, lucro cesante, pago de gastos y costos judiciales

M?xico, DF. 28/01/2015

alcalorpolitico.com

En un hecho sin precedentes en nuestro país, el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) aprobó la primera reparación integral con medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y no repetición -tal como mandata la Ley General de Víctimas-, a una víctima directa de violaciones a sus derechos humanos, específicamente por falta al debido proceso y a la libertad personal, así a como a sus padres (víctimas indirectas).

La víctima directa -identificada como V-001, cuyo nombre se omite para salvaguardar su seguridad y su identidad- fue detenida de manera arbitraria por autoridades federales y obligada a confesar que pertenecía a una organización criminal. Por dicha acusación, la víctima pasó 21 meses en prisión antes de que el juez le dictara sentencia absolutoria y determinara que hubo violaciones a sus derechos humanos.

Estos hechos afectaron profundamente a la víctima directa en el ámbito laboral, económico e incluso social, pues fue dañada su reputación por haber sido señalada como delincuente; así mismo, sus familiares sufrieron daño moral.

En su búsqueda de justicia, se acercaron a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para solicitar asesoría y la reparación del daño. Como mandata la Ley General de Víctimas, la CEAV la reconoció como víctima directa y a sus familiares como víctimas indirectas en 2014.

Tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Reglamento de la Ley General de Víctimas (28 de noviembre de 2014) y, posteriormente, los Lineamientos para el Funcionamiento del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral (16 de enero de 2015), en sesión ordinaria, los cinco comisionados en funciones que integran el Pleno de la CEAV, Jaime Rochín del Rincón, Adrián Franco Zevada, Susana Pedroza de la Llave, Julio Hernández Barros y Carlos Ríos Espinosa, aprobaron un plan de reparación integral que incluye la compensación apropiada y proporcional a los hechos sufridos por estas víctimas directa e indirectas, convirtiéndose así en las primeras personas cuyo daño sería reparado por el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

De acuerdo con el artículo 27 de la ley de víctimas, la reparación integral debe comprender medidas de: restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y no repetición. En este sentido, a la víctima directa se le brindaron las siguientes medidas de reparación:

a) Restitución: 1. Vinculación con las instituciones idóneas para facilitar su reincorporación al empleo. 2. Solicitar la eliminación de sus datos registrales de identificación relacionados con la causa penal que se seguía en su contra.

b) Rehabilitación: 1. La víctima y sus familiares recibirán atención médica permanente y atención psicológica o psiquiátrica a través de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Atención a Víctimas. 2. Para la víctima directa: informar a la institución correspondiente la resolución de la CEAV a fin de facilitar su reincorporación a sus estudios.

c) Compensación: Tomando como referencia estándares internacionales marcados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en casos similares, se determinó otorgar una cifra que asciende a 805,582.65 pesos, a fin de compensar los conceptos de: daño moral, lucro cesante, pago de gastos y costas judiciales, así como gastos de transporte, alojamiento, comunicación o alimentación.

d) Satisfacción: 1. Publicación de los resolutivos de la CEAV mediante los cuales se les reconoce su calidad de víctimas directa e indirectas. 2. En aras de conocer la verdad de los hechos de que fue objeto, instruir a la Dirección General de Asesoría Jurídica Federal para dar seguimiento a los procedimientos que lleven a determinar la responsabilidad de los servidores públicos que llevaron a cabo la detención.

e) No repetición: Que las Direcciones Generales de Políticas Públicas y de Vinculación Interinstitucional de la CEAV generen los mecanismos de coordinación con las instituciones idóneas para que, de considerarlo pertinente, se impartan cursos de capacitación dirigidos al personal de la institución involucrada, con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de sus capacidades y salvaguardar los derechos humanos.

Finalmente, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas refrenda su compromiso con las personas víctimas de delitos y de violaciones a los derechos humanos, a fin de garantizarles acompañamiento y acceso a la justicia y a la reparación integral.