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Sección: Estado de Veracruz

Busca Martha Lilia ampliar cuota de género para que 40% de candidaturas sean para mujeres

- Propuso la reforma al Código Electoral de Veracruz, pero será la próxima Legislatura la que deberá analizarla

- Indicó que no podrá haber más del 60% de candidatos del mismo género

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 23/04/2013

alcalorpolitico.com

La diputada local del Partido Acción Nacional, Martha Lilia Chávez González, propuso una reforma a diversos artículos del Código Electoral de Veracruz, con la finalidad de ampliar de 30 a 40 por ciento la postulación de mujeres a cargos de elección popular.

Con ello, se da mayores oportunidades para las mujeres de acceder a las diputaciones locales y cargos edilicios, a través de la ampliación de las cuotas de género en las candidaturas que postulen los partidos políticos.

Se propone incluir de manera expresa la obligación de los partidos de cumplir con dicho requisito en la totalidad de diputados de mayoría relativa y en las listas de representación proporcional; de esta forma se hace efectiva la exigibilidad de las cuotas de género en la postulación de diputados por ambos principios.



El actual Código Electoral establece que en ningún caso se deberá exceder del 70 por ciento de candidaturas de un mismo género.

La reforma propone que los partidos políticos o coaliciones que postulen candidatos a diputados, en ningún caso deberán exceder del sesenta por ciento de candidaturas de un mismo género.

En las listas de candidatos a diputados de representación proporcional que presenten los partidos políticos, deberá integrarse dos fórmulas de candidatos, propietario y suplente, de género distinto en cada bloque de cinco.



Para la aplicación del principio de representación proporcional en la asignación de regidurías, los partidos deberán registrar en el orden de asignación de sus listas, dos fórmulas de candidatos, propietario y suplente, de género distinto por cada bloque de cinco.

En los ayuntamientos de regiduría única no será aplicable la cuota de género. En aquellos donde existan dos regidurías, las fórmulas propuestas deberán ser de género distinto. Donde existan tres regidurías, una fórmula será de género distinto y en listas de cuatro regidurías, dos fórmulas deberán ser de género distinto.

Las solicitudes de registro de candidatos a diputados y ediles de los ayuntamientos deberán presentarse en fórmulas de propietarios y suplentes. En la totalidad de diputados de mayoría relativa y en las listas de diputados de representación proporcional, deberá garantizarse la acción afirmativa de género.



“La propuesta pretende avanzar con un diez por ciento de inclusión del género sub-representado, restringiendo a los partidos a postular en la totalidad de sus candidaturas, no más de sesenta por ciento de un mismo género, con lo que en contrapartida significa postular no menos de cuarenta por ciento del otro género. Con lo que debe interpretarse que de un cien por ciento, pueden postular como máximo sesenta por ciento de hombres y como mínimo un cuarenta por ciento de mujeres o viceversa: postular como máximo sesenta por ciento de mujeres y como mínimo cuarenta por ciento de hombres, con lo que se reduce en un 60 por ciento”.

Reconoció que en este momento es imposible hacer reformas sustanciales al Código Electoral, pues está en marcha el proceso electoral, sin embargo, la próxima Legislatura tendría la responsabilidad de sacar adelante la iniciativa de reforma que presentó.