A partir de mañana sábado quedará garantizado a las y a los usuarios, especialmente de plataformas de streaming, gimnasios, telefonía móvil y softwares, cancelar fácilmente sus suscripciones o membresías con cobro recurrente.
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo promulgó y publicó el Decreto por el que se adicionan las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Las adiciones a la referida Ley obligan a las empresas a ser transparentes sobre cobros automáticos, pedir consentimiento expreso, notificar renovaciones y ofrecer mecanismos de cancelación fáciles, rápidos y gratuitos, garantizando que si suscribirse es fácil, cancelar también lo sea, en materia de cancelación de suscripciones y membresías con cobro recurrente.
La medida responde al crecimiento del comercio digital y las quejas de consumidores por dificultades para cancelar los servicios contratados. Tan sólo, en el 2024, la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) registró más de 20 mil quejas relacionadas con servicios digitales y suscripciones automáticas, principalmente en plataformas de streaming, gimnasios, softwares y telefonía móvil.
Las reformas señalan que el proveedor respetará la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir, así como la de no recibir avisos comerciales.
También deberá abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, en especial tratándose de prácticas de mercadotecnia dirigidas a la población vulnerable, como los niños, ancianos y enfermos, incorporando mecanismos que adviertan cuando la información no sea apta para esa población.
Además, deberá implementar mecanismos que, sin contravenir a las disposiciones contractuales, permita a la persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata.
El proveedor deberá informar de forma clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica cobros automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha de cobro.
Los cobros requerirán consentimiento expreso e informado de la persona consumidora. En los casos en los que, de acuerdo con el contrato, proceda la renovación automática del servicio, se deberá notificar al menos con 5 días naturales de anticipación, permitiendo su cancelación sin penalización.