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Sección: Estado de Veracruz

Candidatos deben cumplir con requisito de residencia, reitera TEV

- Se garantiza que quien pretenda gobernar conozca el municipio donde desempeñará su función

- También es un ordenamiento constitucional establecido por el TEPJF en 2018

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 23/02/2021

alcalorpolitico.com

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) reiteraron que los ciudadanos que pretendan contender a un cargo edilicio, sólo podrán hacerlo en aquel municipio del que sean originarios o en el que tengan residencia efectiva no menor a tres años anteriores al día de la elección.

En la sentencia emitida dentro del recurso de apelación promovido por Movimiento Ciudadano (MC), en contra de la respuesta que le otorgó el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE), sostuvieron que dentro de las limitaciones al derecho de ser votado se encuentra el relativo a la residencia.

Por lo que insistieron que este requisito es constitucional, tal como lo estableció la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en 2018.



“En virtud de que tiene un fin legítimo de restricción, pues se garantiza que la persona que pretenda gobernar cumpla con un perfil idóneo y necesario para ello, al conocer las problemáticas y necesidades del lugar en el que desempeñará su función, así como generar un sentimiento de pertenencia con la comunidad”, refirieron.

En el fallo publicado en la página web del TEV, añadieron que la residencia efectiva implica una relación real y prolongada, con el ánimo de permanencia y que no sólo se asista a la comunidad de manera esporádica o temporal, sino más bien fija o permanente.

“Se requiere que el ciudadano que pretende ser electo para un cargo de elección popular cuente con un lazo real con la comunidad a la que pretende representar, esto es, contar con información relativa al entorno político, social, cultural y económico, que le permitirá identificar las necesidades, prioridades y problemáticas a fin de atenderlas y con ello generar los mayores beneficios para quienes integran el Estado”, enfatizaron.



Y es que Movimiento Ciudadano, mediante una consulta formulada al OPLE, buscaba conocer si existía la posibilidad que un ciudadano con residencia efectiva en el municipio A pueda buscar una candidatura a un cargo edilicio dentro del municipio B, dados los criterios de colindancia, integración socioeconómica e integración funcional.

No obstante, el ente comicial le contestó que ningún ciudadano o ciudadana con residencia efectiva en un determinado municipio en Veracruz puede contender para edil en otro municipio diverso de la misma entidad.