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Sección: Estado de Veracruz

Celebran resolución de SCJN sobre trámite para cambio de género en Veracruz

Se lanza mensaje a Legislatura para que adapte las normas a la actualidad: Jazz Bustamante

Rafael Meléndez Terán Xalapa, Ver. 18/10/2018

alcalorpolitico.com

El impacto por el otorgamiento de un amparo concedido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que fuera entregada, en el Registro Civil de Veracruz, un acta de nacimiento por “adecuación de identidad de género”, es muy fuerte, pues abre camino al resto de las personas transexuales.

La activista Jazz Bustamante explicó que con ello, otras personas podrán buscar la adecuación de sus documentos de identidad de una manera “un poco menos sinuosa”.

Pero fue contundente al asegurar que fue un largo peregrinar el de Carla Regina Lara Molina, pero finalmente se logró lo que muchos consideraban casi imposible: la obtención del acta de nacimiento por reasignación sexogenérica en sede administrativa.



Dijo que con esto, la SCJN emite un mensaje contundente a las legislaturas estatales que aún permanecen renuentes en adaptar la normatividad para satisfacer necesidades reales. Lo que sí puntualizó es que esta determinación no significa que el efecto de la sentencia sea general.

Recordó que por el principio de relatividad opera el Juicio de Amparo, cada persona transexual del Estado de Veracruz o de alguna otra entidad debe iniciar un proceso impugnando la negativa de emitir el acta de nacimiento.

No obstante, "la diferencia es que ya se tienen las bases que se consiguieron a lo largo de estos casi cuatro años”, afirmó en entrevista vía telefónica.



Jazz Bustamante refirió que en la mayoría de los estados dicho proceso se encuentra judicializado y no es que específicamente exista, sino que se interviene utilizando un proceso de rectificación de actas del estado civil de las personas que no se ajusta a las características de agilidad, accesibilidad y efectividad, condenando a que las personas transexuales deban luchar en tribunales por el reconocimiento de derechos inherentes a la dignidad humana.

Por ello el pronunciamiento de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la resolución del Amparo en Revisión 1317/2017, representa un avance importante en la lucha por el reconocimiento legal de personas transexuales.

Dijo que con ello se establece que cierta porción normativa del artículo 759 del Código Civil de Veracruz implica una discriminación indirecta. En resumen, porque trata de manera distinta e injustificada a diversas cuestiones de modificación del estado civil de las personas.