Una persona privada de la libertad murió en el CEFERESO 5 “Oriente”, en Villa Aldama, tras caer de unos anaqueles metálicos en un módulo sin custodios y con cámaras de vigilancia fuera de funcionamiento, hechos que derivaron en un traumatismo craneoencefálico.
De acuerdo con la Recomendación 143/2025, el incidente ocurrió el 8 de julio de 2022 en la Estancia A del Módulo A del penal federal, cuando la persona interna cayó de unos anaqueles que formaban parte del mobiliario. La investigación acreditó que en ese momento no había personal de Seguridad y Custodia asignado al módulo y que las cámaras de videovigilancia presentaban fallas, lo que impidió activar protocolos de auxilio.
Sin atención médica
La CNDH documentó que, tras la caída, la persona permaneció sin recibir atención médica eficaz, pese a presentar lesiones graves en la cabeza. Cuatro días después, el 12 de julio de 2022, falleció en el área médica de observación del propio penal. El organismo determinó que la causa de la muerte fue un traumatismo craneoencefálico severo derivado de la caída y concluyó que el daño pudo haberse evitado si el centro hubiera contado con condiciones mínimas de seguridad.
En el documento se precisa que la autoridad penitenciaria no acreditó haber adoptado acciones para corregir esas condiciones ni para asegurar la habitabilidad conforme a estándares internacionales.
Omisiones y queja
El caso fue conocido por la CNDH a partir de una queja presentada el 17 de agosto de 2022 por familiares de la víctima, quienes informaron del fallecimiento ocurrido semanas antes bajo custodia del Estado. A partir de esa denuncia, el organismo inició una investigación de oficio que derivó en la emisión de la recomendación el 17 de diciembre de 2025, dirigida al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social, hoy Prevención y Reinserción Social, y a la Fiscalía General del Estado de Veracruz.
Tras analizar el expediente, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, a la vida y a la reinserción social de la persona fallecida, así como a los derechos de acceso a la justicia y a la verdad de sus familiares, reconocidos como víctimas indirectas. El organismo también documentó omisiones graves en la custodia del penal, como la falta de personal en el módulo donde ocurrió el incidente y la inoperancia de las cámaras de seguridad.
FGE no investigó
En cuanto a la actuación ministerial, la recomendación señaló irregularidades en la investigación de la Fiscalía de Veracruz, entre ellas deficiencias en la obtención y preservación de evidencias, inconsistencias en la práctica de la necropsia de ley y demoras en las diligencias. Como parte de las medidas ordenadas, la CNDH exigió a la autoridad penitenciaria reparar integralmente el daño causado a los familiares, tanto en el ámbito material como moral, y brindarles atención psicológica o tanatológica.
También pidió diseñar e implementar un plan de mejora de las condiciones de habitabilidad del CEFERESO 5, así como capacitar al personal de seguridad y custodia en derechos humanos y en la atención inmediata de situaciones de riesgo.
A la Fiscalía General del Estado de Veracruz le ordenó colaborar en la denuncia administrativa contra los servidores públicos involucrados, incorporar la Recomendación 143/2025 a la carpeta de investigación del caso y capacitar al personal ministerial que intervino en el expediente, con el fin de evitar la repetición de conductas que propicien la impunidad. La recomendación incluyó el reconocimiento formal de dos personas como víctimas indirectas y ordenó garantizarles acceso a la información, acompañamiento y apoyo conforme a la Ley General de Víctimas. Además, solicitó a ambas autoridades designar a un funcionario de alto nivel para dar seguimiento al cumplimiento de las medidas y reportar a la CNDH los avances en la reparación del daño y en la adopción de acciones preventivas.