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Sección: Estado de Veracruz

COFEPRIS ordena suspender trasplantes en hospital del IMSS de Veracruz Puerto

- Detectó anomalías como falta de expedientes y constancia de relación de consanguinidad

- Medida afecta a 748 receptores; Director pierde revisión de negativa de amparo ante Tribunal Colegiado

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 18/06/2022

alcalorpolitico.com


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Por irregularidades detectadas al interior de dicho programa, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFFEPRIS) suspendió el servicio de trasplantes de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE) del Centro Médico Nacional “Adolfo Ruiz Cortines” del puerto de Veracruz.

Dicha suspensión afecta a 748 derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

De acuerdo con el oficio COFEPRIS/COS-DEDS-20-AF-3330-TV-2021, la reguladora verificó la disposición de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos en la UMAE del IMSS-Cuauhtémoc de Veracruz.



En la revisión, la reguladora detectó dos irregularidades, entre éstas la falta de un expediente clínico del receptor y el pronóstico de trasplante y que el Registro Nacional de Trasplantes no incluía los nombres de los candidatos a recibir un órgano.

Además, la COFEPRIS advirtió que en ciertos casos, no existía constancia de una relación de consanguinidad directa entre un donador y un donante y por lo tanto dictaminó que la UMAE del Seguro Social no cumplía con la Ley General de Salud, con el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica y con las Normas Oficiales (NOM) vigentes.

En respuesta a la suspensión del servicio de trasplantes, el director de la UMAE-Veracruz del Seguro Social, Víctor Bernal Dolores, recurrió al Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, con residencia en Boca del Río, para promover recurso de amparo en contra de la medida de la COFEPRIS.



Si bien el juez 6º, Vicente Salazar López, resolvió desechar el amparo del Director del Hospital, Bernal Dolores escaló el caso ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito.

En su demanda, el funcionario argumentó una lesión al ejercicio de las funciones del Centro Médico Nacional y aunque no acudía en representación de algún paciente; la suspensión de la COFEPRIS impedía garantizar el derecho a la salud de 748 derechohabientes inscritos al programa.

Pese a los argumentos, el Colegiado en Materia Administrativa determinó avalar la resolución del Juez 6º, al tratarse de la suspensión de la prestación de un servicio proporcionado en la unidad médica, sin un daño a los derechos patrimoniales y por consiguiente, el Seguro Social no pudo revertir la resolución de la COFEPRIS respecto al servicio de trasplantes en el IMSS.