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Sección: Estado de Veracruz

Comisión determina procedente ejercer acción penal contra Alcalde de Coxquihui

Este martes, el Congreso votará el dictamen derivado de la solicitud que hizo la Fiscalía General del Estado

Jos? Topete Xalapa, Ver. 30/10/2017

alcalorpolitico.com

El dictamen para el desafuero del alcalde de Coxquihui, Reveriano Pérez Vega, será sometido a votación del Pleno el día de mañana, en sesión privada.

Cabe señalar que del estudio y análisis realizado a la documentación, la Comisión Instructora determinó como procedente que se ejercite acción penal en contra del Edil, derivado de la solicitud realizada por la Fiscalía General del Estado (FGE), a cargo de Jorge Winckler.

La Fiscalía relaciona al Presidente municipal con los delitos de evasión de presos, desobediencia, resistencia de particulares, abuso de autoridad y robo de vehículo.



De esta forma se espera que en una sesión privada, tras la sesión extraordinaria programada para este martes, la presidenta de la Mesa Directiva, María Elisa Manterola Sainz, declare al Pleno que se erige en Jurado de Procedencia.

Si el Jurado de Procedencia acuerda proceder penalmente, el servidor público será privado del fuero constitucional y quedará inmediatamente separado de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes.

Posteriormente el Congreso del Estado, a través de la Secretaría General, notificará el acuerdo que contiene la Declaración de Procedencia y la remoción del fuero constitucional mediante oficio al inculpado, al denunciante o querellante y al Ministerio Público, que podrá solicitar las medidas precautorias conducentes de conformidad con la legislación penal.



En la sesión de mañana, la Secretaría de la Mesa Directiva dará lectura al dictamen o una síntesis que contenga los puntos substanciales y las conclusiones de la Comisión Permanente Instructora.

Luego, se concederá la palabra al servidor público o su defensor, hasta por 30 minutos, para que replique lo que a sus intereses convenga y el Presidente de la Mesa Directiva solicitará que el servidor público y su defensor se retiren del recinto legislativo.

Finalmente, el Jurado de Procedencia acordará, por el voto de las dos terceras partes del número total de sus integrantes, si hay lugar a proceder penalmente contra el denunciado.



En caso de que el Jurado de Procedencia del Congreso del Estado acuerde que no hay lugar para proceder penalmente contra el servidor público, no se podrá seguir procedimiento ulterior por la misma causa mientras subsista el fuero constitucional, sin perjuicio de que continúe su curso cuando el servidor público haya concluido el desempeño de su encargo.