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Sección: Estado de Veracruz

Con reforma a Ley, sancionarán a quien construya en zona de riesgo

Artículo 72 de la Ley de Obras Públicas ahora establece que se debe tener en cuenta la protección civil en proyectos de vivienda

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 22/06/2019

alcalorpolitico.com

A partir de este sábado, los contratistas que construyan, edifiquen, o realicen obras de infraestructura o promueva asentamientos humanos en zona de riesgo serán sujetos de sanción y serán responsables de los daños y perjuicio que pudieran ocasionar, toda vez que ya es una obligación cumplir con la normatividad en materia de protección civil en la ejecución de obra pública.

Con la reforma al artículo 72 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas para el Estado de Veracruz, se garantiza que toda obra en la entidad, no solamente se sujete a las normas que actualmente refiere la Ley de la materia, sino que también lo hagan en estricto apego a la siempre importante y necesaria protección civil.

La reforma señala que “el contratista será responsable de la ejecución de los trabajos y deberá sujetarse a los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección civil, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal, así como a las instrucciones que al efecto le señale el ente público. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del contratista”.



Así pues, en lo sucesivo, quien pretenda contratar y ejecutar una obra pública, pensará dos veces el no hacerlas con la verdadera utilidad, el cuidado y la calidad que las y los veracruzanos exigen.

Antes de la reforma, el artículo 72 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas para el Estado de Veracruz, solo establecía como conductas sujetas de sanción para quien construya, edifique o realice obras de infraestructura o promueva asentamientos humanos en zonas de riesgo, así como también, para quien autorice la construcción, edificación, realización de obras de infraestructura y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en zonas de riesgo; sin embargo ahora se incluye como materia de sanción, el incumplimiento de la normatividad en materia de protección civil, y la responsabilidad directa a los constructores.