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Sección: Estado de Veracruz

Conceden suspensión definitiva a Del Río Virgen pero por ahora permanecerá en prisión

- Deberá continuar el proceso penal que se le imputa pero Juez de Control deberá decidir darle libertad o no

- Tras etapa intermedia del proceso, no pasará al juicio oral para mantener viva la materia del juicio de amparo

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 27/01/2022

alcalorpolitico.com

Un Juzgado de Distrito obsequió la mañana de este jueves la suspensión definitiva a José Manuel “N” contra el auto de vinculación a proceso y la prisión preventiva oficiosa por su probable participación en el delito de homicidio.

Con fecha 27 de enero, el Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, resolvió el amparo directo 49/2022 formulado por José Manuel “N” contra las resoluciones de 22 de diciembre y 28 de diciembre de 2021.

Por medio de ambos fallos, el Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral de Pacho Viejo, Coatepec, dictó prisión preventiva oficiosa de un año y vinculación a proceso contra el exsecretario técnico de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República.



De acuerdo con el documento público, disponible en los estrados, el Juzgado 17º determinó procedente conceder la suspensión definitiva contra la vinculación a proceso de José Manuel “N”, mismo que surtirá efecto al concluir la etapa intermedia y no habrá lugar al juicio oral.

“Lo procedente es conceder la suspensión definitiva solicitada, para el efecto que el Juez responsable continúe el procedimiento en el proceso penal que se instruye en contra del aquí quejoso y una vez concluida la etapa intermedia lo suspenda por cuanto a él se refiere, sin que ordene la apertura a la etapa de juicio oral, con el fin de mantener viva la materia del juicio de amparo, hasta en tanto las autoridades responsables reciban notificación del auto donde se declare firme la sentencia que se dicte en el juicio principal del cual deriva este incidente”.

Sobre la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, el Juzgado 17º también estimó procedente darle a José Manuel “N” la suspensión definitiva, aunque continuará a disposición del Juez responsable.



“Lo procedente es conceder la suspensión definitiva, para el efecto establecido en el artículo 166, fracción I, antes invocado; esto es, para que quede a disposición de este juzgado en el lugar de su reclusión, por lo que hace su libertad personal y a disposición del Juez responsable para la continuación del proceso penal que se le instruye, en virtud que dicha concesión no conlleva afectación alguna al proceso”.

El mismo Juzgado estableció que corresponderá al Juez de Control darle la libertad a José Manuel “N” en los casos que legalmente así proceda.