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Sección: Estado de Veracruz

Durante contingencia

Contraloría del Estado sólo atenderá casos “urgentes y relevantes”

Dependencia suspenderá actividades a partir del lunes 30 de marzo y hasta el 17 de abril

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 28/03/2020

alcalorpolitico.com

A partir del lunes 30 de marzo y hasta el 17 de abril, la Contraloría General del Estado suspende plazos y términos legales, reanudándolos el lunes 20 de abril; lo anterior con motivo de la emergencia sanitaria a causa del COVID-19.

Como consecuencia de la suspensión decretada, no se realizarán ni practicarán notificaciones y requerimientos, así como el desahogo de Audiencias dentro de los procedimientos administrativos que se encuentren en proceso de integración, con excepción de aquellos que revistan urgencia y relevancia, por lo que será responsabilidad de los servidores públicos su desahogo o reserva correspondiente.

La declaratoria del referido Acuerdo se realiza sin perjuicio de las facultades que concedan otras disposiciones de carácter general para habilitar días y horas inhábiles para realizar diligencias y actuaciones.



Sin embargo, quedan exceptuados de la medida de suspensión los casos que revistan urgencia y relevancia, así como de investigación por faltas administrativas que se inicien de oficio, derivado de denuncias de actividades sustanciales en materia de Salud, Seguridad Pública, Protección Civil y Obra Pública.

Ante ello, todas las actuaciones de Investigación, así como cualquier acto administrativo vinculatorio emanado del Órgano Interno de Control con las dependencias de adscripción, serán responsabilidad de los servidores públicos su desahogo y reserva correspondiente.

Así también, los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y obra pública cuya realización sean de extrema urgencia para la continuación de las operaciones de la Contraloría, previa justificación por parte de la Unidad Administrativa ante la Dirección General de Fiscalización Interna de esta Dependencia en su carácter de Órgano Interno de Control.



También queda exceptuada la participación de los Órganos Internos de Control en las reuniones de los órganos de gobierno y a los comités, subcomités y grupos de trabajo especializados en las Dependencias y Entidades donde se encuentren adscritos los cuales realicen actividades sustanciales en materia de Salud, Seguridad y Protección Civil.

Además, en las actuaciones, requerimientos o solicitudes de información efectuadas por la Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación del Gobierno Federal, derivadas de actividades conjuntas, coordinadas y de seguimiento, se estará a lo establecido en los Acuerdos de suspensión de plazos y términos legales, que como medidas de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, adoptaron dichos órganos gubernamentales federales.